III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Centros penitenciarios. (BOE-A-2024-8680)
Orden INT/381/2024, de 29 de abril, por la que se dispone la clausura del Centro Penitenciario de Alcalá de Guadaíra, con carácter temporal, para su reforma arquitectónica y su reconversión en Hospital Psiquiátrico Penitenciario, que sustituirá al actual Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Sevilla, y se establecen determinadas previsiones sobre el cierre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105

Martes 30 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
Orden INT/381/2024, de 29 de abril, por la que se dispone la clausura del
Centro Penitenciario de Alcalá de Guadaíra, con carácter temporal, para su
reforma arquitectónica y su reconversión en Hospital Psiquiátrico
Penitenciario, que sustituirá al actual Hospital Psiquiátrico Penitenciario de
Sevilla, y se establecen determinadas previsiones sobre el cierre.

La Administración Penitenciaria, de acuerdo con el Plan de Creación y Amortización
de Centros Penitenciarios (PACEP), continúa desarrollando la actualización y adecuación
de sus infraestructuras penitenciarias, procediendo a la clausura de centros que, con el
paso del tiempo, van quedando obsoletos y, en consecuencia, poco adaptados a las
nuevas exigencias de seguridad, habitabilidad y posibilidades de intervención tratamental.
En efecto, estos objetivos deben garantizarse a todas aquellas personas que, en
cumplimiento de mandamientos y sentencias judiciales, permanezcan en el interior de
centros penitenciarios, en unos casos para su retención y custodia, y en otros para
cumplir condenas privativas de libertad. El propósito será asegurar los fines que
constitucionalmente se asignan a la actuación de la Administración Penitenciaria,
procurando que dichos establecimientos estén adaptados a la realidad penitenciaria
actual y a las previsibles exigencias futuras en sintonía con el conjunto del sistema
penitenciario.
Mediante Orden de 31 de mayo de 1988 se creó un nuevo establecimiento
penitenciario en Sevilla ubicado en la finca «el Hoyo», limítrofe a las poblaciones de
Alcalá de Guadaíra, Carmona y Sevilla, con dirección en la Carretera de las Canteras,
s/n, de Alcalá de Guadaíra, 41500 Sevilla. Las infraestructuras e instalaciones del Centro
Penitenciario de Alcalá de Guadaíra precisan de una rehabilitación y adaptación con
objeto de que puedan ser destinadas a albergar el Hospital Psiquiátrico Penitenciario de
Sevilla.
El Consejo de Ministros de 15 de noviembre de 2022, modificó el PACEP, aprobado
el 5 de julio de 1991, objeto de actualización periódica, en concreto en diez ocasiones
posteriores, para así adaptarlo a las necesidades penitenciarias presentes en cada
momento. El período de vigencia de la modificación realizada al PACEP se extenderá
hasta 2028.
En esta actualización del Plan se acordó el cierre del Centro Penitenciario de Alcalá
de Guadaíra para proceder a su reforma integral y su reconversión en un nuevo Hospital
Psiquiátrico en sustitución del actual existente en Sevilla.
Esta orden se adecúa a los principios de buena regulación previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
En concreto, se han respetado los principios de necesidad, eficiencia y
proporcionalidad, al contener la regulación imprescindible y con el rango necesario para la
consecución del objetivo previamente mencionado, sin incremento de gasto público y sin
restringir derechos de los ciudadanos ni imponerles obligaciones directas de ningún tipo.
Asimismo, se refuerza el principio de seguridad jurídica, dado que se regula el cierre
de un centro penitenciario para su posterior reforma arquitectónica y reconversión en
Hospital Psiquiátrico Penitenciario en aras del mejor cumplimiento de los principios
teleológicos inspiradores del ordenamiento penitenciario.
En cuanto al principio de transparencia, su tramitación se encuentra exenta de la
consulta pública previa y de los trámites de audiencia e información pública.
Finalmente, con respecto al principio de eficiencia, la orden no supone la creación de
cargas administrativas.

cve: BOE-A-2024-8680
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