III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2024-8689)
Orden APA/383/2024, de 18 de abril, por la que se definen las explotaciones y animales asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, los períodos de garantía, el valor del suplemento de alimentación y las fechas de suscripción en relación con el seguro de compensación por pérdida de pastos, comprendido en el cuadragésimo quinto Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105
Martes 30 de abril de 2024
Sec. III. Pág. 49486
Grupo 7: Baleares
Garantizados
Estándar (estrato 2 y 4)
Superior (estrato 1 y 3)
Tabla Normal
Estrato
1o2
Períodos de garantía
Tabla Mejorada
Estrato
3o4
Estrato
1o2
Estrato
3o4
Coeficiente de indemnización Coeficiente de indemnización
–
–
Porcentaje
Porcentaje
P1 (1 de octubre del año de
suscripción a 30 de noviembre del
mismo año, ambos inclusive).
30
70
40
70
P2 (1 de diciembre del año de
suscripción a 31 de enero del año
siguiente, ambos inclusive).
10
40
20
40
P3 (1 de febrero a 28 de febrero,
ambos inclusive) *.
30
55
40
60
P4 (1 de marzo a 30 de junio, ambos
inclusive) *.
40
100
50
100
* Corresponden al año siguiente al de suscripción.
ANEXO VI
Zonas homogéneas de referencia alternativas
Provincia
Zona
Comarca
Zona homogénea Primera Alternativa
Provincia
Zona
Comarca
Zona homogénea Segunda Alternativa
Provincia
Zona
Comarca
A Coruña.
I
Septentrional.
Lugo.
IV
Montaña.
Lugo.
V
Sur.
A Coruña.
II
Occidental.
Pontevedra.
IV
Miño.
Lugo.
V
Sur.
A Coruña.
III
Interior.
Pontevedra.
I
Montaña.
Pontevedra.
IV
Miño.
Álava.
I
Cantábrica.
Álava.
III
Valles Alaveses.
Navarra.
VIII
Cantábrica-Baja Montaña/
Tierra Estella.
Álava.
II
Estribaciones Gorbea.
Álava.
I
Vizcaya.
Álava.
IV
Llanada Alavesa.
Álava.
III
Valles Alaveses.
Navarra.
I
Cantábrica-Baja Montaña/
Santander.
Tierra Estella.
VI
Reinosa.
Álava.
IV
Llanada Alavesa.
Burgos.
I
Merindades.
Santander.
V
Asón.
Álava.
V
Montaña Alavesa.
Navarra.
XI
Alpina.
Santander.
VI
Reinosa.
Álava.
VI
Rioja Alavesa.
Zaragoza.
IX
Ejea de los Caballeros.
Burgos.
II
Bureba-Ebro.
Albacete.
I
Mancha.
Cuenca.
VI
Mancha Baja.
Cuenca.
VII
Mancha Alta.
Albacete.
II
Manchuela.
Albacete.
VII
Hellín.
Albacete.
V
Almansa.
Albacete.
III
Sierra Alcaraz.
Cuenca.
V
Manchuela.
Jaén.
III
Sierra de Segura.
Albacete.
IV
Centro.
Alicante.
IV
Central.
Albacete.
VII
Hellín.
Albacete.
V
Almansa.
Albacete.
II
Manchuela.
Albacete.
VII
Hellín.
Albacete.
VI
Sierra Segura.
Murcia.
II
Noroeste.
Cuenca.
V
Manchuela.
cve: BOE-A-2024-8689
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Zona homogénea Original
Núm. 105
Martes 30 de abril de 2024
Sec. III. Pág. 49486
Grupo 7: Baleares
Garantizados
Estándar (estrato 2 y 4)
Superior (estrato 1 y 3)
Tabla Normal
Estrato
1o2
Períodos de garantía
Tabla Mejorada
Estrato
3o4
Estrato
1o2
Estrato
3o4
Coeficiente de indemnización Coeficiente de indemnización
–
–
Porcentaje
Porcentaje
P1 (1 de octubre del año de
suscripción a 30 de noviembre del
mismo año, ambos inclusive).
30
70
40
70
P2 (1 de diciembre del año de
suscripción a 31 de enero del año
siguiente, ambos inclusive).
10
40
20
40
P3 (1 de febrero a 28 de febrero,
ambos inclusive) *.
30
55
40
60
P4 (1 de marzo a 30 de junio, ambos
inclusive) *.
40
100
50
100
* Corresponden al año siguiente al de suscripción.
ANEXO VI
Zonas homogéneas de referencia alternativas
Provincia
Zona
Comarca
Zona homogénea Primera Alternativa
Provincia
Zona
Comarca
Zona homogénea Segunda Alternativa
Provincia
Zona
Comarca
A Coruña.
I
Septentrional.
Lugo.
IV
Montaña.
Lugo.
V
Sur.
A Coruña.
II
Occidental.
Pontevedra.
IV
Miño.
Lugo.
V
Sur.
A Coruña.
III
Interior.
Pontevedra.
I
Montaña.
Pontevedra.
IV
Miño.
Álava.
I
Cantábrica.
Álava.
III
Valles Alaveses.
Navarra.
VIII
Cantábrica-Baja Montaña/
Tierra Estella.
Álava.
II
Estribaciones Gorbea.
Álava.
I
Vizcaya.
Álava.
IV
Llanada Alavesa.
Álava.
III
Valles Alaveses.
Navarra.
I
Cantábrica-Baja Montaña/
Santander.
Tierra Estella.
VI
Reinosa.
Álava.
IV
Llanada Alavesa.
Burgos.
I
Merindades.
Santander.
V
Asón.
Álava.
V
Montaña Alavesa.
Navarra.
XI
Alpina.
Santander.
VI
Reinosa.
Álava.
VI
Rioja Alavesa.
Zaragoza.
IX
Ejea de los Caballeros.
Burgos.
II
Bureba-Ebro.
Albacete.
I
Mancha.
Cuenca.
VI
Mancha Baja.
Cuenca.
VII
Mancha Alta.
Albacete.
II
Manchuela.
Albacete.
VII
Hellín.
Albacete.
V
Almansa.
Albacete.
III
Sierra Alcaraz.
Cuenca.
V
Manchuela.
Jaén.
III
Sierra de Segura.
Albacete.
IV
Centro.
Alicante.
IV
Central.
Albacete.
VII
Hellín.
Albacete.
V
Almansa.
Albacete.
II
Manchuela.
Albacete.
VII
Hellín.
Albacete.
VI
Sierra Segura.
Murcia.
II
Noroeste.
Cuenca.
V
Manchuela.
cve: BOE-A-2024-8689
Verificable en https://www.boe.es
Zona homogénea Original