III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-8602)
Resolución de 18 de abril de 2024, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para la promoción turística de la Comunidad de Madrid a través de la iniciativa "El Prado de noche" en el Museo del Prado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 104

Lunes 29 de abril de 2024

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II. Que el Museo del Prado tiene por objetivo la consecución de los siguientes fines,
en virtud del artículo 3 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre:
– Garantizar la protección y conservación, así como promover el enriquecimiento y
mejora de los bienes del Patrimonio Histórico Español adscrito al mismo.
– Exhibir ordenadamente las colecciones en condiciones adecuadas para su
contemplación y estudio.
– Fomentar y garantizar el acceso a las mismas del público y facilitar su estudio a los
investigadores.
– Impulsar el conocimiento y difusión de las obras y de la identidad del patrimonio
histórico adscrito al Museo, favoreciendo el desarrollo de programas de educación y
actividades de divulgación cultural.
– Desarrollar programas de investigación y formación de personal especializado y
establecer relaciones de colaboración con otros museos, universidades o instituciones
culturales, organizando exposiciones temporales y desarrollando acciones conjuntas
para el cumplimiento de sus fines.
– Prestar servicio de asesoramiento, estudio, información o dictamen de carácter
científico o técnico que le sean requeridos por los organismos competentes de la
Administración General del Estado o que se deriven de los convenios o contratos
otorgados con entidades públicas o privadas.
III. Corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (en adelante, la
«Consejería»), ejercer, en general, las competencias de desarrollo, coordinación y
control de ejecución de las políticas públicas del Gobierno en materia de cultura, turismo
y deporte, de conformidad con lo previsto en el artículo 1 Decreto 264/2023, de 5 de
diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y en particular:
«Artículo 4.
c) En materia de turismo y hostelería: el impulso, la coordinación, el apoyo y la
supervisión de las actividades en materia de ordenación, promoción, planificación e
información del turismo y la hostelería.»
«Artículo 9.

Competencias de la Dirección General de Turismo y Hostelería.

IV. Para el cumplimiento de estas competencias podrá llevar a cabo la propuesta de
convenios y otras medidas de actuación coordinada que puedan suscribirse con otras
Administraciones Públicas o con otros entes de la Administración de la Comunidad de
Madrid. Este convenio encuentra acomodo en el Plan Estratégico Regional de la
Dirección General de Turismo y Hostelería para el período 2023-2026, que establece
entre sus ejes estratégicos la participación y apoyo a entes gestores y a otros entes y
entidades clave en destino, para el impulso y posicionamiento de la marca del destino en
la búsqueda de la proyección internacional de destino Madrid, así como el diseño y
apoyo a las experiencias de alto valor, entre las que se cuentan el impulso a la oferta
turística vinculada a los grandes museos madrileños y el apoyo a los recursos y
experiencias turísticas vinculadas al patrimonio cultural madrileño, todo ello englobado

cve: BOE-A-2024-8602
Verificable en https://www.boe.es

a) La coordinación, fomento y planificación del sector y de la actividad turística y su
sostenibilidad.
b) La elaboración de estrategias y planes que faciliten la creación y promoción de
productos de alto valor añadido para el turismo, con capacidad desestacionalizadora.
c) La ordenación del sector turístico y de su infraestructura.
d) La coordinación con otros órganos de la Administración de la Comunidad de
Madrid, incluida la institucional, así como con las corporaciones locales y sus empresas y
entidades públicas en cuantas actuaciones con incidencia en el sector turístico realicen
en el ejercicio de sus respectivas competencias.»