V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-15602)
Anuncio de Confederación Hidrográfica del Guadiana, O.A. sobre Competencia de Proyectos por solicitud de concesión de aguas en el T.M. de Medellín (Badajoz). CONC. 63/13.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 104

Lunes 29 de abril de 2024

Sec. V-B. Pág. 22994

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

15602

Anuncio de Confe de ración Hidrográfica de l Guadiana, O.A. sobre
Competencia de Proyectos por solicitud de concesión de aguas en el
T.M. de Medellín (Badajoz). CONC. 63/13.

Se ha presentado en este Organismo la siguiente petición de concesión:
Referencia Conc. 63/13.
Peticionario: Tránsitos y Suministros, S.L.
- Captación 1 (aguas superficiales):
Destino del aprovechamiento (uso 1): riego de 30-00-00 ha
Caudal máximo instantáneo solicitado: 21,60 l/s
Cauce: arroyo Caganchez
Término Municipal donde radican las obras: Medellín (Badajoz)
- Captación 2 (aguas subterráneas):
Destino del aprovechamiento (uso 2): riego de 9-00-00 ha
Caudal máximo instantáneo solicitado: 6,48 l/s
Toma: Pozo situado en coordenadas UTM (ETR89): X=240.964; Y=4.317.993;
Huso 30
Término Municipal donde radican las obras: Medellín (Badajoz)

Durante este plazo, el peticionario presentará su petición, por cuadriplicado,
admitiéndose también otras peticiones que tengan el mismo objeto o sean
incompatibles con aquella, en las condiciones y con la documentación prevista con
carácter general y para los supuestos que se establecen en el artículo 106 del
citado Reglamento. La presentación, mediante instancia, se hará ante esta
Confederación Hidrográfica del Guadiana, O.A., Avda. Sinforiano Madroñero, 12 de
Badajoz, o ante cualquier registro administrativo (de conformidad con el artículo
16.4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Se denegará la tramitación posterior de toda petición presentada que suponga
una utilización de caudal superior al doble del que figure en la petición inicial sin
perjuicio de que el peticionario que pretenda solicitar un caudal superior al límite
fijado pueda acogerse a la tramitación indicada en el apartado 3 del artículo 105
antes citado.

cve: BOE-B-2024-15602
Verificable en https://www.boe.es

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Real Decreto 665/2023,
de 18 de julio, por el que se modifica el del Reglamento del Dominio Público
Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, se abre un plazo
de UN MES a contar desde la publicación de esta nota en el Boletín Oficial del
Estado y en el portal de internet del organismo de cuenca.