III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2024-8518)
Resolución de 19 de abril de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Centro de Referencia Estatal de Atención al Daño Cerebral de Madrid y la Universidad Internacional de Valencia, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Sábado 27 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 48589

Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente y en el ejercicio de las
facultades que por razón de su cargo tienen atribuidas, en nombre de las entidades que
representan,
EXPONEN
Que el Imserso y la Universidad Internacional de Valencia, firmaron con fecha 18 de
noviembre de 2021 el convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales
(Imserso), a través del Centro de Referencia Estatal de Atención al Daño Cerebral
(Ceadac) de Madrid y la Universidad Internacional de Valencia para la realización de
prácticas académicas externas.
Que el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la
ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el
establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones,
introduce en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, una nueva disposición adicional
quincuagésima segunda, sobre la inclusión en el sistema de Seguridad Social de los
alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
programas de formación. En particular, el apartado 4.b) de la citada disposición señala:
«En el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las
obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución o entidad en la
que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en
su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones
corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa.»
Que la cláusula cuarta del convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales
(Imserso), a través del Centro de Referencia Estatal de Atención al Daño Cerebral
(Ceadac) de Madrid y la Universidad Internacional de Valencia para la realización de
prácticas académicas externas, establece la Seguridad Social de las personas que
desarrollan programas de formación y prácticas no laborales y académicas.
Del mismo modo, la cláusula decimoquinta dispone que la modificación del convenio
requerirá acuerdo unánime expreso de los firmantes, según el artículo 49.g) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y se tramitará de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la citada ley, siguiendo la misma
tramitación que para su suscripción.
Que es voluntad de las partes proceder a la modificación del convenio y, en
consecuencia, suscribir la presente adenda de modificación del convenio con arreglo a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto de la adenda.

La presente adenda tiene como objeto modificar las obligaciones que asumen las
partes en relación con la Seguridad Social de las personas que desarrollan programas
de formación y prácticas no laborales y académicas.
Modificación.

Se modifica el contenido de cláusula cuarta del Convenio entre el Instituto de
Mayores y Servicios Sociales (Imserso), a través del Centro de Referencia Estatal de
Atención al Daño Cerebral (Ceadac) de Madrid y la Universidad Internacional de Valencia

cve: BOE-A-2024-8518
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Segunda.