III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-8507)
Resolución de 17 de abril de 2024, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con la Universidad Internacional de Andalucía, para la realización de prácticas académicas externas.
7 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Sábado 27 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 48528

dentro de su ámbito de actuación, tiene como función, entre otras, la preparación para el
ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación y actualización de
conocimientos y métodos científicos, tecnológicos, sociales, humanísticos, artísticos,
culturales y para la creación artística, y que sus fines, dado su carácter educativo, son
concurrentes o complementarios con los del Instituto Cervantes.
Por su parte, la Universidad Internacional de Andalucía goza de autonomía, de
acuerdo con el artículo 27.10 de la Constitución y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo,
de Sistema Universitario. El artículo 3.2.q) de esta última norma establece que dicha
autonomía comprende, entre otros aspectos «el establecimiento de relaciones con otras
universidades, instituciones, organismos, Corporaciones de Derecho Público,
Administraciones Públicas o empresas y entidades locales, nacionales e internacionales,
con el objeto de desarrollar algunas de las funciones que le son propias a la Universidad».
III. Que el Instituto Cervantes y la Universidad Internacional de Andalucía están
interesadas en suscribir el presente convenio con el fin de establecer la cooperación en
el desarrollo de un programa de prácticas académicas externas para que los estudiantes
de la Universidad puedan realizar prácticas curriculares y extracurriculares, no
remuneradas en las sedes del Instituto Cervantes en Madrid o en sus centros en el
exterior, que les permitan aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su
formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen
para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su
capacidad de emprendimiento.
IV. Que el presente convenio se rige por lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio (BOE de 30 de julio), por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios y otras normas complementarias que puedan
resultar de aplicación, así como la disposición adicional quincuagésima segunda
apartado 4.º letra b) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, conforme a la cual
corresponderá a la Universidad Internacional de Andalucía el cumplimiento de las
obligaciones en materia de Seguridad Social de sus alumnos que hagan prácticas en el
Instituto Cervantes.
V. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2.a) de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ajusta su
contenido al modelo autorizado por la Secretaría General Técnica del Ministerio de
Hacienda y Función Pública en fecha 7 de diciembre de 2023.
VI. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes en sesión de fecha
de 16 de junio de 1995 aprobó los criterios básicos para la firma de convenios con
universidades y otras instituciones académicas.
De acuerdo con lo anterior, ambas partes, dado que sus fines son concurrentes o
complementarios, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS

El objeto del presente convenio es establecer líneas de colaboración entre el Instituto
Cervantes y la Universidad Internacional de Andalucía para la realización de prácticas
académicas externas, curriculares y extracurriculares, no remuneradas de estudiantes
matriculados o que se encuentren cursando estudios en la Universidad, en las sedes del
Instituto Cervantes en Madrid o en sus centros en el exterior.
Segunda.

Convocatoria de las prácticas y criterios de selección del estudiante.

En función de las necesidades del Instituto Cervantes y las disponibilidades de
estudiantes, se determinará de común acuerdo el número de estudiantes que pueden
realizar las prácticas en el Instituto Cervantes.

cve: BOE-A-2024-8507
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto del convenio.