II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2024-8394)
Resolución de 18 de abril de 2024, de la Dirección de la Organización Nacional de Trasplantes, por la que se convoca concurso de movilidad voluntaria para la provisión de plazas de personal estatutario sanitario facultativo, sanitario no facultativo y no sanitario en la Organización Nacional de Trasplantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102

Viernes 26 de abril de 2024

N.º plazas

Grupo

4

A2

N.º plazas

Grupo

3

C2

Categoría de personal sanitario no facultativo

ATS-DUE.

Categoría de personal no sanitario de gestión y servicios

Grupo Auxiliar Administrativo.

Sec. II.B. Pág. 48027

Código

03

Código

04

Cada persona participante podrá solicitar las plazas de su categoría que resulten de
su interés, sin perjuicio de lo dispuesto en la base segunda, punto 2.2 de la presente
convocatoria.
1.2 El concurso se regirá por las presentes bases; por lo dispuesto en el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre,
del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, en los términos
previstos en dicha ley; y por lo dispuesto en el capítulo II, sección 1.ª, del Real Decretoley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas
en Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, en lo que no se oponga a lo dispuesto
en el Estatuto Básico del Empleado Público.
Segunda.

Requisitos de participación.

a) Estar en activo o con reserva de plaza: se encuentra en esta situación el
personal estatutario fijo con nombramiento en la misma o equivalente categoría en la que
participa, que se encuentre desempeñando con carácter definitivo o tenga reserva de
plaza de esa categoría en cualquier centro o institución sanitaria de los servicios de
salud de las comunidades autónomas o de los centros y servicios sanitarios de la
Administración General del Estado. Este personal deberá haber tomado posesión de su
plaza con un año de antelación, como mínimo, a la finalización del plazo establecido
para la presentación de solicitudes.
b) En situación distinta a la de activo y sin ostentar reserva de plaza: El personal
estatutario fijo que se encuentre en esta situación deberá reunir los requisitos legales y
reglamentarios para incorporarse al servicio activo el último día de presentación de
solicitudes.
Si el personal procediera de la situación de excedencia voluntaria contemplada en
los apartados a) y c) del artículo 67.1 del Estatuto Marco, deberá acreditar la
permanencia en dicha situación durante un tiempo mínimo de dos años.
c) El personal estatutario fijo que se encuentre en situación de servicio activo
ocupando plaza con carácter provisional por reingreso en plazas dependientes de la

cve: BOE-A-2024-8394
Verificable en https://www.boe.es

2.1 Podrá participar en este concurso de movilidad voluntaria el personal estatutario
fijo de los centros e instituciones sanitarias de los servicios de salud de las comunidades
autónomas o de los centros y servicios sanitarios de la Administración General del
Estado, con nombramiento en propiedad, en la misma o equivalente categoría a la que
se concurse, excepto el personal declarado en suspensión firme mientras dure la misma.
A efectos de la equivalencia de categorías, se estará a lo establecido en la Orden
SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de
equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de
salud, regulado por Real decreto 184/2015, de 13 de marzo, y que se reproduce en el
anexo VII para las categorías que se convocan.
2.2 De conformidad con lo establecido en el Real Decreto-ley 1/1999, de 8 de
enero, las personas concursantes, en la fecha de expiración del plazo para presentar
solicitudes de esta convocatoria, deberán encontrarse en alguna de las situaciones
siguientes: