III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2024-8451)
Resolución de 17 de abril de 2024, de la Secretaría de Estado de Industria, por la que se publica el Convenio con la Federación de Empresarios de La Palma, para el establecimiento de Puntos de Atención al Emprendedor integrados en la Red CIRCE.
9 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102

Viernes 26 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 48264

Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

Constituye el objeto del presente convenio las bases de colaboración entre las partes
para el establecimiento de PAE en oficinas pertenecientes a la entidad.
Segunda. Obligaciones de las partes.
La entidad se compromete a encargarse, a través de sus PAE, de facilitar la creación
de nuevas empresas, el inicio efectivo de su actividad y su desarrollo, a través de la
prestación de servicios de información, tramitación de documentación, asesoramiento,
formación y apoyo a la financiación empresarial.
Los PAE utilizarán el sistema de tramitación telemática del CIRCE, cuya sede
electrónica se ubica en el Ministerio de Industria y Turismo, y en ellos se deberá iniciar la
tramitación del DUE.
El Ministerio de Industria y Turismo, actuando por medio de la DGEIPYME:
– Pondrá a disposición de los PAE el sistema CIRCE, como herramienta esencial
para la tramitación telemática.
– Prestará, con medios propios, soporte técnico para la puesta en marcha de los
sistemas informáticos de los PAE que se comuniquen con el sistema CIRCE.
– Prestará, con medios propios, servicios de asistencia técnica y soporte a la red en
lo que se refiere a la atención de consultas y resolución de los problemas que surjan en
el uso del CIRCE.
– Pondrá a disposición de los PAE, las herramientas de gestión empresarial
elaboradas por ella disponibles en la Plataforma PYME.
Tercera.

Servicios de los PAE.

A. El PAE proporcionará con carácter obligatorio los siguientes servicios a los
emprendedores:

B.

Serán servicios opcionales los siguientes:

1. Información general dirigida a emprendedores relacionada con el ejercicio de la
actividad.
2. Realización de la tramitación para el ejercicio de la actividad mediante el sistema
de tramitación electrónica CIRCE y utilizando el PACDUE.
3. Información general dirigida a emprendedores relacionada con el cese de la
actividad.

cve: BOE-A-2024-8451
Verificable en https://www.boe.es

1. Información general sobre los aspectos legales, fiscales, contables y de Seguridad
Social propios de la sociedad de responsabilidad limitada, del empresario individual y del
emprendedor de responsabilidad limitada, así como de cualesquiera otras formas
jurídicas que puedan incorporarse al Documento Único Electrónico.
2. Realización de la tramitación para la constitución e inicio de actividad de
empresas mediante el sistema de tramitación telemática CIRCE y utilizando el PACDUE
(Programa de Ayuda a la Cumplimentación del Documento Único Electrónico). Este
servicio deberá prestarse con carácter gratuito. El PAE se compromete a informar a los
emprendedores de la gratuidad del servicio y de la utilización del DUE.
3. Información sobre las ayudas públicas aplicables al proyecto empresarial. Para
ello, podrá utilizar la base de datos de ayudas disponible en www.pae.es.