III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-8437)
Resolución de 10 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de San Martín de Valdeiglesias, por la que se suspende la inscripción de una escritura de elevación a público de un contrato de arrendamiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102

Viernes 26 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 48137

En virtud de este principio, el título que primero accede al Registro determina, por
esta sola razón, el cierre registral respecto de cualquiera otro que, aun siendo anterior,
resulte incompatible con él. Es indiferente que el título que primero accedió al Registro
sea de peor condición que el incompatible, y que, en definitiva, haya de ceder ante él,
pues mientras la inscripción de aquél subsista, este otro verá cerrado su reflejo registral
y, puesto que aquella inscripción queda bajo la salvaguardia de los tribunales (artículos 1
y 38 de la Ley Hipotecaria), es obvio que será al titular incompatible a quien
corresponderá la carga de impugnar judicialmente aquélla.
Esta Dirección General ha acordado desestimar el recurso interpuesto y confirmar la
calificación.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2024-8437
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 10 de abril de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X