V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA. (BOE-B-2024-15144)
Extracto de la Resolución 24 de abril de 2024, del Instituto de la Juventud, por la que se convoca la concesión de ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en la línea de Deporte del Programa «Erasmus+» durante 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102

Viernes 26 de abril de 2024

Sec. V-B. Pág. 22417

Todos los plazos de presentación de las solicitudes especificados expiran a las
12.00 h (mediodía), hora de Bruselas.
- Hasta el 20 de febrero de 2024 a las 12.00.00 (mediodía, hora de Bruselas)
para proyectos que empiecen entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2024;
- Hasta el 1 de octubre de 2024 a las 12.00.00 (mediodía, hora de Bruselas)
para proyectos que empiecen entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2025.
5.- Objeto, prioridades, condiciones y finalidad de la concesión.
El objeto de la presente convocatoria de subvenciones en el marco del
Programa "Erasmus+" es promover la movilidad educativa del personal del ámbito
deportivo, así como la cooperación, la calidad, la inclusión, la creatividad y la
innovación a nivel de las organizaciones deportivas y las políticas de deporte.
El objetivo general de esta acción es brindar al personal de las organizaciones
deportivas, principalmente en los deportes de base, la oportunidad de mejorar sus
competencias y cualificaciones y de adquirir nuevas capacidades a través de la
movilidad para el aprendizaje pasando un período de tiempo en el extranjero, lo
que contribuirá a la creación de capacidades y al desarrollo de las organizaciones
deportivas.
Se podrán solicitar proyectos en las siguientes acciones:
Aprendizaje por observación y períodos de observación. El aprendizaje por
observación se produce cuando los participantes pueden pasar un período de
tiempo (de dos a catorce días) en una organización de acogida de otro país con el
objetivo de aprender nuevas prácticas y recopilar nuevas ideas mediante la
observación y la interacción con homólogos, orientadores, voluntarios u otros
miembros del personal en su trabajo diario en la organización de acogida.
Estancias de orientación o formación. Las estancias de orientación o formación
se producen cuando los participantes pueden pasar un período de tiempo (de
quince a sesenta días) orientando o impartiendo formación en una organización de
acogida de otro país como forma de aprender a través de la realización de sus
tareas y el intercambio con homólogos
Además de lo anterior, existen criterios de admisibilidad y valoración
específicos que se detallan en la Guía del Programa Erasmus+.

Madrid, 24 de abril de 2024.- Margarita Guerrero Calderón, Directora General
del Instituto de la Juventud,.
ID: A240018610-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2024-15144
Verificable en https://www.boe.es

Véase el texto completo de esta Resolución y la Guía del programa Erasmus+,
disponibles en la página web http://www.injuve.es/erasmusplus, para más detalles
sobre la presentación de solicitudes, requisitos para solicitar la subvención,
criterios de elegibilidad, exclusión, selección y valoración de las solicitudes.