III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Fundaciones. (BOE-A-2024-8336)
Resolución de 26 de enero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación For the Best World.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Jueves 25 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
8336

Resolución de 26 de enero de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación For the Best World.
Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por doña Elisenda Franquet Borras, según
resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid, don Antonio Huerta Trolez,
el 13 de noviembre de 2019 con el número 2.142 de protocolo, subsanadas por otras
otorgadas ante el mismo notario el 6 de octubre de 2020, con número de protocolo 1.428
y el 7 de julio de 2023, protocolo 1.065.
Segundo.

Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Avenida de la Generalitat, 73,
Entresuelo 3, 43500 Tortosa (Tarragona) y su ámbito de actuación se extiende a todo el
territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Cincuenta y cinco mil euros (55.000 €). La dotación es no dineraria y
ha sido desembolsada mediante la aportación de la plena propiedad de la exposición
«Descubre los sentidos», compuesta por diferentes elementos cuyo autor es la
Asociación Proartso valorada en 30.000 euros según consta en el informe de tasación
emitido por Tasararte en el mes de octubre de 2019 que se incorpora a la escritura y por
la aportación de la obra de arte denominada «El Clavel», autoría de Mariano Cobo,
valorada en 25.000 euros según informe de tasación emitido por Tasararte en octubre
de 2019 actualizado con otro informe de 5 de octubre de 2023.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Cuarto.

Fines de la Fundación.

– La protección de la diversidad, los recursos y el medio ambiente.
– La promoción de las personas en riesgo de exclusión por razones físicas,
sensoriales, sociales o culturales.
– La difusión de culturas minoritarias para enriquecer la visión global de la cultura.
– El fomento de la economía social.
– La acción educativa o formativa, con especial atención a la diversidad y a la
promoción de talentos diversos.
– El fomento de la equidad de género.
– La promoción de la sociedad de la información y el desarrollo tecnológico.
– La promoción del conocimiento y ejercicio de los derechos humanos.

cve: BOE-A-2024-8336
Verificable en https://www.boe.es

Potenciar la calidad de la vida de los seres humanos, la equidad y la justicia social.
Principalmente a través de: