III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Fundaciones. (BOE-A-2024-8334)
Resolución de 19 de enero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación J. Ayuso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Jueves 25 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
8334

Resolución de 19 de enero de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación J. Ayuso.
Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por don Javier Ayuso Manzano, según resulta de
la escritura otorgada ante la notaria de Gata de Gorgos, doña Inés Linares Escribano,
el 26 de julio de 2023, con el número 679 de protocolo.
Segundo.

Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Picardo, 40, CP 03730
Jávea (Alicante) y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de
España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
desembolsada en cuanto a la cantidad de 7.500 euros según se acredita con
certificación bancaria.
Se acompaña primer programa de actuación de los ejercicios 2023 y 2024 e informe
de experto independiente relativo a la viabilidad económica de la Fundación, con
fecha 23 de agosto de 2023 realizado por el auditor de cuentas don Luis Grosclaude
Manera.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Fines de la Fundación.

Formación y desarrollo Integral de las personas a través del deporte, principalmente
el ciclismo.
Promocionar la práctica deportiva, principalmente el ciclismo, en sus distintas
categorías y edades, así como todos los aspectos culturales vinculados a la práctica
deportiva como instrumento susceptible de contribuir al desarrollo integral de quienes lo
practican.
Fomentar y difundir los valores del deporte en el conjunto de la sociedad, como
elemento que favorece la integración y la cohesión social.
Fomentar los valores del esfuerzo, el sacrificio, el respeto, la honestidad y el
compañerismo, inherentes al deporte y, en especial, al ciclismo.
Gestionar, dirigir, colaborar y apoyar económicamente, a clubes, equipos y
deportistas en sus distintas categorías y edades.
Desarrollar, incentivar y apoyar el ciclismo base y de formación. Ayudar a cualquier
persona para que pueda practicar ciclismo, especialmente aquellas en situación de
vulnerabilidad.

cve: BOE-A-2024-8334
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.