III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Fundaciones. (BOE-A-2024-8333)
Resolución de 19 de enero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Dignia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Jueves 25 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
8333

Resolución de 19 de enero de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Dignia.
Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por doña Gloria Juste Picón, don Isidoro
Fernando Jurado Ales, doña Maravillas de Jesús Castillo Lapetra y don Francisco de
Borja Castillo Lapetra, según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid,
don Fernando Sánchez-Arjona Bonilla, el 2 de octubre de 2023, con el número 2.324 de
protocolo.
Segundo.

Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Paseo de Eduardo Dato, 8, 3.º
izquierda, 28010, Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de
España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada en según se acredita con certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Cuarto.

Fines de la Fundación.

Quinto.

Patronos.

Doña Gloria Juste Picón, don Isidoro Fernando Jurado Ales, doña Maravillas de
Jesús Castillo Lapetra y don Francisco de Borja Castillo Lapetra.
Cargos:
Presidente: Doña Maravillas de Jesús Castillo Lapetra.
Vicepresidente: Doña Gloria Juste Picón.
Secretario no patrono: Doña Soledad Paloma Ramírez Fernández.

cve: BOE-A-2024-8333
Verificable en https://www.boe.es

Promover la cultura del cuidado, con especial incidencia en los cuidados paliativos.
Promover y defender el valor de la vida desde la concepción hasta la muerte natural.
Defender la dignidad de la persona, desde el diagnóstico de la necesidad de cuidado,
a través de la atención y el acompañamiento del paciente y la familia en todas sus
dimensiones.
Ayudar a dar sentido al dolor e identificar su sentido redentor y constructor de un
mundo más humano.
Los fines serán cumplidos de acuerdo con la normativa que en materia de cuidados
paliativos o asistencia sanitaria resulte de aplicación.