V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. (BOE-B-2024-15020)
Resolución de 17 de abril de 2024, de la Dirección General de Alimentación, por la que se da publicidad a una solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida (DOP) "Rioja".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Jueves 25 de abril de 2024

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V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

15020

Re solución de 17 de abril de 2024, de la Dire cción Ge ne ral de
Alime ntación, por la que se da publicidad a una solicitud de
modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen
Protegida (DOP) "Rioja".

Ha tenido entrada en esta Dirección General, solicitud de modificación normal
del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida Rioja,
presentada por su Consejo Regulador en base al acuerdo de su Pleno adoptado
en reunión del 15 de febrero de 2024.
Se trata de diferenciar las condiciones de uso de las menciones de etiquetado:
"Vino de" y "Viñedo en", seguido del nombre de alguno de los municipios que
componen la DOP. Además, para estos vinos se crean contraetiquetas y/o
precintas específicas que incluirán el término "Vino de Pueblo".
Dicha propuesta fue remitida el 08/03/2024 a las Comunidades Autónomas
territorialmente afectadas (La Rioja, Navarra y País Vasco), para que emitieran
informe según lo establecido en el artículo 8.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de
octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes
de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones
geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas.
Se recibió informe favorable a la propuesta por parte de la Comunidad Foral de
Navarra, desfavorable del País Vasco y no contestó La Rioja.

En base a lo expuesto y considerando que se cumplen los requisitos
establecidos en el Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de
mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos
(CEE) 922/72, (CEE) 234/79, (CE) 1037/2001 y (CE) 1234/2007; y en el
Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión de 17 de octubre de 2018, por
el que se completa el Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo, en lo que respecta a las solicitudes de protección de denominaciones de
origen, indicaciones geográficas y términos tradicionales del sector vitivinícola, al
procedimiento de oposición, a las restricciones de utilización, a las modificaciones
del pliego de condiciones, a la cancelación de la protección, y al etiquetado y la
presentación; y de acuerdo con las facultades que el mencionado Real Decreto
1335/2011, de 3 de octubre, atribuye a esta Dirección General,
RESUELVO:
I. Continuar el procedimiento de tramitación de la solicitud de modificación del
pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida "Rioja".

cve: BOE-B-2024-15020
Verificable en https://www.boe.es

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 8 del Real
Decreto 1335/2011, se convocó el 12/04/2024 a los miembros de la Mesa de
Coordinación de la Calidad Diferenciada afectados territorialmente para una
votación telemática, con fecha límite de 16/04/24, según el documento N 06/2024/
Ver0., de fecha 12/04/2024. Contesta negativamente País Vasco y positivamente
La Rioja y Navarra, por lo que se acordó informar favorablemente la continuación
del procedimiento de tramitación de la modificación solicitada.