III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-8341)
Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de revisión de las tablas salariales para el año 2024 del Convenio colectivo estatal de elaboradores de productos cocinados para su venta a domicilio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Jueves 25 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 46291

Daniel Macho.
Eduardo Ortega.
En Madrid, siendo las 12,30 horas del día 15 de marzo de 2024 se reúnen las partes
reseñadas en el encabezamiento del presente escrito, en su condición de Comisión
Negociadora del vigente Convenio Colectivo Estatal de Elaboradores de Productos
Cocinados para su Venta a Domicilio, adoptando los siguientes acuerdos:
1.º En cumplimiento de lo desarrollado en el anexo de Condiciones Económicas de la
citada norma colectiva, y una vez publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el salario
mínimo profesional para el año 2024, se procede a la firma de las tablas salariales para el
citado ejercicio de 2024, las cuales se adjuntan como anexo a la presente acta y son firmadas
por todas las partes.
Expresamente se establece que los atrasos a abonar por parte de las empresas, con
efectos de 1 de enero de 2024, se deberán llevar a cabo en el plazo máximo de un mes a
contar desde la publicación de las presentes tablas salariales y resto de conceptos
económicos en el «Boletín Oficial del Estado».
2.º Se acuerda que firme en representación de cada una de las organizaciones
comparecientes un único miembro de las mismas.
3.º La Comisión Negociadora autoriza expresamente a don Eduardo Ortega para que
lleve a cabo los trámites de presentación, registro y solicitud de posterior publicación de la
presente Acta y sus anexos ante la Autoridad Laboral competente.
Y sin más asuntos que tratar y ratificándose cada representación en el contenido íntegro
de este escrito y en el anexo adjunto, lo firman en la ciudad y fecha que se indican en el
encabezamiento.
ANEXO
Incremento 3 %

Otros conceptos

Tablas 2022

Tablas 2024

29,8721

31,6912

Dirección efectuada en población de más 500.000 habitantes y áreas metropolitanas reconocidas.

0,4161

0,4415

Dirección efectuada en poblaciones de más 250.000 habitantes y menos de 500.000.

0,3807

0,4039

Dirección efectuada en poblaciones de menos de 250.000 habitantes.

0,3011

0,3194

Kilometraje.

0,2597

0,2755

Dietas euros/día (art. 11).
Gastos de vehículo propio (art. 42).

2024
Tabla salarial del Área de Oficinas
Salario Base
Hora

P.P.P Extras

Descanso
Legal

P.P. Vacaciones

Hora
Nocturna

Salario
anual

10,1125

1,7622

0,4424

1,1399

1,7543

24.061

13,4571

0,0000

7,4907

1,3054

0,3277

0,8444

1,2995

17.823

9,9682

0,0000

GRUPO I
NIVEL 1 (DIRECTORES Y
TITULADOS).
NIVEL 2 (MANAGERS).

cve: BOE-A-2024-8341
Verificable en https://www.boe.es

Precio Hora Plus Puesto