III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-8268)
Resolución de 15 de abril de 2024, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el colaborador sectorial AMEC-Asociación Multisectorial de Empresas, para la organización de la misión inversa de compradores del sector de tecnología para la industria textil a celebrar en Barcelona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Miércoles 24 de abril de 2024
Segunda.

Sec. III. Pág. 46105

Obligaciones de las Partes.

A tenor de lo expuesto, para la realización de la Misión Inversa referida en la cláusula
anterior, ambas Partes trabajarán, de forma conjunta en:
– Realización del programa general de la Misión Inversa.
– Definir los países objetivo de la Misión Inversa,
– Preparar un presupuesto previo de la Misión Inversa.
– Captación de los participantes en la Misión Inversa.
– En todas las referencias, actos, reseñas periodísticas o publicaciones relacionadas
con la Misión Inversa a realizar en el marco del presente Convenio, las Partes se
preocuparán de que se mencione expresamente la colaboración de las mismas y
figurarán sus logotipos.
– Difundir a través de sus canales habituales, y con la intensidad que estime
conveniente, la Misión Inversa que se realice al amparo del presente Convenio.
– Para el correcto seguimiento del desarrollo de la Misión Inversa, realizarán un
seguimiento y evaluación de la misma.
De forma individual, las Partes se comprometen:
a)

Por parte del Colaborador Sectorial:

– Convocar, bajo la supervisión de ICEX, a los participantes españoles en la Misión
Inversa.
– Logística de los desplazamientos y alojamientos de los participantes en la misión,
así como también del resto de actividades asociadas a la ejecución de la Misión Inversa.
– Acompañamiento y programación de las agendas de los participantes integrantes
de la Misión Inversa.
– Preparación de una memoria económica, y una memoria técnica en la que se
describan las tareas realizadas en la Misión Inversa organizada al amparo del presente
Convenio.
b)

Por parte de ICEX:

– Convocar, a través de las Ofecomes en su caso, a los participantes extranjeros en
la Misión Inversa.
– Seguimiento y supervisión de las agendas de los invitados.
– Seguimiento y supervisión de la organización de cada una de las actividades
relacionadas con la Misión Inversa que se lleve a cabo bajo el presente Convenio.
– Poner a disposición sus instalaciones de la sede central, a poder ser el auditorio,
para las jornadas de encuentros bilaterales a realizar en el marco de la Misión Inversa.
Tercera. Compromiso económico.

– ICEX financiará hasta el 50 % de los gastos incurridos elegibles, definidos en el
apartado 4.1 del Convenio, que hayan sido generados por la Misión Inversa ejecutada,
es decir, hasta un importe máximo ocho mil euros (8.000 €).
– Por su parte, el Colaborador Sectorial asumirá el restante 50 % de los gastos
definidos en el apartado 4.1 del Convenio que hayan sido generados por la Misión Inversa
ejecutada, es decir, un compromiso económico máximo de ocho mil euros (8.000 €).

cve: BOE-A-2024-8268
Verificable en https://www.boe.es

El presupuesto total establecido para la Misión Inversa objeto de este Convenio es
de hasta diez y seis mil euros (16.000 €). De los cuales: