II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-8232)
Resolución de 12 de abril de 2024, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plaza de Oficial de Servicios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Miércoles 24 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 45934

Los dos ejercicios serán eliminatorios, de modo que no podrán acceder a la segunda
prueba, las personas aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación
asignada en alguno de los dos ejercicios.
Con independencia de lo dispuesto en el párrafo anterior, y respecto del turno libre, a
la segunda prueba solo podrá acceder un número máximo de 250 personas aspirantes,
por lo que, si hubiera, en dicho turno, un número superior con la puntuación mínima
exigida, pasarán los que hubieran obtenido las mejores calificaciones. Si hubiera
aspirantes con igual calificación en el puesto 250, pasarán todas las personas
empatadas en dicha posición. El resto de las personas aspirantes quedarán eliminadas
del proceso selectivo de la oposición.
7.2.4.2 Segunda prueba (hasta un máximo de 40 puntos):
Se calificará de 0 a 40 puntos.
La prueba será eliminatoria, quedando eliminadas las personas aspirantes que no
alcancen, al menos, la mitad de la puntuación asignada al ejercicio.
7.3 Concluida la calificación de cada prueba, el tribunal publicará en el Tablón
Electrónico de la Universidad Pública de Navarra, las puntuaciones obtenidas por las
personas aspirantes y abrirá un plazo de cinco días hábiles, para que las personas
interesadas puedan alegar, de forma telemática, lo que a su derecho convenga.
7.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviere conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá
proponer su exclusión al Gerente de la Universidad, comunicándole asimismo las
inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de
admisión a las pruebas, a los efectos procedentes.
8.

Relación de personas aprobadas

8.1 La calificación final será la suma de la puntuación resultante de las pruebas.
8.2 Los empates que se produzcan se dirimirán a favor de quienes obtengan mayor
puntuación en la segunda prueba; y en caso de ser coincidente, se tomarán en
consideración las puntuaciones obtenidas en el segundo ejercicio de la primera prueba, y
en el primer ejercicio de la primera prueba, por ese orden.
De permanecer el empate se resolverá mediante un único sorteo celebrado en acto
público convocado al efecto. Los resultados del mismo se harán públicos en el tablón de
anuncios de la Universidad Pública de Navarra.
8.3 Una vez terminada la última prueba, el Tribunal Calificador publicará la relación de
personas aprobadas con las calificaciones obtenidas, por orden de puntuación alcanzada,
comunicando dicha relación al Servicio de Recursos Humanos de la Universidad Pública de
Navarra a fin de efectuar los trámites de acreditación de requisitos.
9.

Acreditación de requisitos

a) Original o copia cotejada del título exigido en la base 2.1.1.c) o de los resguardos
de haber satisfecho los derechos para su obtención.
b) Las personas que aspiren a plazas con requisito de idiomas, deberán aportar
original o copia cotejada de cualquiera de los títulos o certificados acreditativos del nivel
requerido, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, de los
relacionados en la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre, del Director Gerente del
Instituto Navarro de Administración Pública, o de titulación reconocida oficialmente
equivalente, conforme a lo dispuesto en el apartado 2.1.2 de la presente convocatoria.

cve: BOE-A-2024-8232
Verificable en https://www.boe.es

9.1 Se abrirá un plazo de diez días hábiles para la presentación, a través de la vía
que a tal efecto se establezca, de la documentación que acredite estar en posesión de
los siguientes requisitos: