II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-8131)
Resolución de 16 de abril de 2024, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
13 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 23 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 45247

jurada o promesa de no hallarse separados de derecho de su respectivo cónyuge. Los
documentos que así lo precisen deberán presentarse traducidos al castellano.
b) Fotocopia de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos
académicos específicos que señalan las letras a) y b) de la base 2.2.
c) Copia del justificante de ingreso bancario, o resguardo acreditativo de la
transferencia bancaria efectuada en concepto de derechos de examen.
3.5 Las notificaciones se practicarán en la «Carpeta Ciudadana» de la sede
electrónica de la Universidad de Valladolid, acorde al Reglamento de notificaciones y
comunicaciones electrónicas en la Universidad de Valladolid (aprobado por el Consejo de
Gobierno en sesión de 28 de junio de 2019, BOCYL de 8 de julio).
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad
de Valladolid, en el plazo máximo de veinte días hábiles, dictará resolución en virtud de
la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y
excluidas a los distintos concursos de acceso. En esta resolución, que será publicada en
el Boletín Oficial de Castilla y León, figurarán las personas aspirantes excluidas
(apellidos, nombre y DNI/Pasaporte/Tarjeta de identidad) con indicación expresa de la
causa de exclusión. Las listas serán expuestas en el Tablón Electrónico de Anuncios de
la Universidad de Valladolid y para su mayor difusión, en su página web (https://
pdi.uva.es/1.convocatorias/index.html) tal y como se señala en el punto 3.1 de la
convocatoria.
4.2 Quienes resulten excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación en el BOCYL de la Resolución aludida
en la base 4.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u
omisión en las relaciones de personas admitidas y excluidas. El procedimiento de
subsanación se efectuará accediendo a la sede Electrónica, http://sede.uva.es, por el
mismo medio y forma que se señala en el punto 3.2 de la convocatoria (indicando la
referencia de la plaza) y anexando la documentación necesaria para la subsanación de
las causas que motivan la exclusión. Aquellas personas que, dentro del plazo señalado,
no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en
la relación de personas admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización de
las pruebas. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse
éstos, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, se deberá comprobar
fehacientemente, no sólo que no figuran recogidos en la relación de personas excluidas,
sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de personas admitidas.
La resolución que eleve a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas
será objeto de publicación en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Universidad de
Valladolid y en su página web. Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa y,
consiguientemente, aquellas personas definitivamente excluidas podrán interponer
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. Potestativamente, podrán
interponer recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad, en el plazo de un
mes desde el día siguiente a la publicación. En este caso, no podrá interponerse el
recurso contencioso-administrativo antes mencionado, hasta que sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de formación de expediente en los
supuestos de exclusión por causa imputable la persona interesada. Únicamente en el
caso de que la Universidad publicase modificaciones del anexo I de la convocatoria que
afecten a la plaza convocada, se procedería al reintegro de las tasas una vez que se
solicite, en el nuevo plazo concedido para la presentación de solicitudes en la
modificación de la convocatoria, justificando el pago y comunicando el IBAN del número
de su cuenta bancaria a la que realizar la devolución. En este caso la solicitud de
devolución implicaría el desistimiento a la participación en el concurso.

cve: BOE-A-2024-8131
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 99