III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Empresas de Transformación Agraria. Tarifas. (BOE-A-2024-8138)
Resolución de 15 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión para la determinación de tarifas de TRAGSA, por el que se aprueban las tarifas 2024 aplicables a las actuaciones a realizar por TRAGSA y TRAGSATEC para aquellas entidades respecto de las cuales tenga la consideración de medio propio personificado y servicio técnico en los términos previstos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y se revisan los coeficientes para la actualización de los precios simples en actuaciones no sujetas a impuestos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 99

Martes 23 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 45297

En consecuencia, la Comisión mencionada, en su reunión del 3 de abril de 2024,
ACUERDA
1. La aprobación de las Tarifas 2024, actualización de los precios simples, de los
porcentajes de costes indirectos y de gastos generales, cuya revisión económica
respecto de las aprobadas en 2023 arroja el siguiente resultado:
Tarifa 2024

Variación media ponderada de precios simples % tarifas 2024-2023.
% Costes Indirectos.

3,33 %

TRAGSA.

7,00 %

TRAGSATEC.

4,50 %

% Gastos Generales.

5,00 %

2. Revisar los coeficientes para la actualización de los precios simples aprobados
por Acuerdo de la Comisión publicado mediante Resolución de la Subsecretaria de
Hacienda y Función Pública de 13 de abril de 2023 (BOE del 18 de abril) en los
siguientes términos:
Datos 2023 de actuaciones de ámbito nacional en el Grupo TRAGSA

Producción no sujeta a impuestos.
Cuota impuestos soportados fiscalmente no deducibles.
Coeficiente para la actualización de precios simples.

TRAGSATEC

Resto territorio nacional

Canarias

Resto territorio nacional

Canarias

700.950.588,89 €

83.563.436,89 €

565.703.039,06 €

16.065.326,57 €

65.123.908,09 €

2.422.007,12 €

12.174.838,54 €

334.665,20 €

1,0929

1,0290

1,0215

Estos coeficientes también serán de aplicación a las unidades valoradas mediante
precios de usuario específicos por no disponer de tarifa aprobada.
3. Las citadas tarifas serán aplicables a las actuaciones a realizar por TRAGSA y
TRAGSATEC para aquellas entidades respecto de las cuales tengan la consideración de
medio propio personificado y servicio técnico en los términos previstos en la disposición
adicional vigésima cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público. Las nuevas tarifas se encuentran depositadas en la Secretaria de la citada
Comisión y pueden ser consultadas en la página web de la empresa (www.tragsa.es).
4. Las Tarifas 2024 serán de aplicación a los encargos en los que la fecha de
formalización por el órgano de contratación que realiza el encargo sea igual o posterior a
la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado», pero no a las
anualidades sucesivas de las actuaciones en curso, salvo que deriven exclusivamente
de un cambio normativo que modifique los costes reales de realización de los encargos
pendientes de ejecutar, en cuyo caso las actualizaciones de las tarifas se aplicarán,
desde la fecha en vigor del citado cambio normativo, a los encargos en curso, según lo
dispuesto en el artículo 7.4 del Real Decreto 69/2019, de 15 de febrero.
5. Se acuerda ampliar la vigencia, hasta la próxima revisión de Tarifas, del acuerdo
de la Comisión por el que se flexibiliza el régimen de tarifas por la existencia de
licitaciones desiertas de partes de encargos objeto de subcontratación, publicado en el
«Boletín Oficial del Estado» de 4 de noviembre, por Resolución de 24 de octubre
de 2022 de la Dirección General de Servicios e Inspección.

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cve: BOE-A-2024-8138
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