II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Personal laboral. (BOE-A-2024-8090)
Resolución de 14 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo de diversas categorías del convenio colectivo de los buques del Instituto Social de la Marina, convocado por Resolución de 29 de diciembre de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 99

Martes 23 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 45180

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
8090

Resolución de 14 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
aprueba la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso
selectivo para ingreso como personal laboral fijo de diversas categorías del
convenio colectivo de los buques del Instituto Social de la Marina, convocado
por Resolución de 29 de diciembre de 2022.

Por Resolución de 29 de diciembre de 2022 (BOE del 31), se convocó proceso
selectivo de estabilización, para ingreso como personal laboral fijo en diversas
categorías del Convenio Colectivo de Buques del Instituto Social de la Marina.
Una vez publicadas las listas definitivas de aspirantes que han superado el proceso
selectivo,
Esta Subsecretaría, resuelve:
Primero.
Declarar aprobados a los candidatos que figuran en el anexo I que acompaña a la
presente resolución y adjudicar destino a los mismos.
Segundo.
La formalización de los contratos a los aspirantes a los que se les adjudica puesto de
trabajo se deberá realizar por el órgano competente, dentro del plazo de un mes.
Tercero.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su
Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del
recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículo 10.1.i) y 14.1 Segunda y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o,
potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo
de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículo 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 14 de abril de 2024.–La Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, Cristina Navarro Enterría.

cve: BOE-A-2024-8090
Verificable en https://www.boe.es

Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generarán derechos al abono de indemnización por concepto alguno, entendiéndose
que la obtención de un puesto derivado de la presente resolución implicaría, en caso de
prestar anteriormente servicio como contratado laboral fijo, la novación del contrato de
trabajo.