II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Destinos. (BOE-A-2024-8080)
Resolución de 11 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 16 de febrero de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 99

Martes 23 de abril de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
8080

Resolución de 11 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de
16 de febrero de 2024.

Por Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Subsecretaría, se convocó la
provisión, por el sistema de libre designación, de puestos de trabajo en el Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b)
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,
modificado en su redacción por el artículo 80 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público y en el capítulo III del título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración General del Estado y de la Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado.
Esta Subsecretaria, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63.1.n) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelve la
referida convocatoria como a continuación se indica:
Primero.
Resolver la referida convocatoria adjudicando los puestos de trabajo, en los términos
que se señalan en el anexo adjunto.
Segundo.
La toma de posesión en el nuevo destino se realizará conforme a lo establecido en el
artículo 48, al que remite el 57, del Reglamento General antes citado.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, potestativamente, recurso administrativo de reposición en el plazo de un
mes ante el mismo órgano que lo dictó, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones
Públicas o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del
día siguiente al de su publicación en el BOE, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en
los artículos 10.1.i ) y 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 11 de abril de 2024.–La Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, P. D. (Orden ISM/419/2021, de 26 de abril), el Director General de la
Tesorería General de la Seguridad Social, Andrés Harto Martínez.

cve: BOE-A-2024-8080
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Tercero.