III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-8055)
Resolución de 5 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Green Capital Development 76, SLU, de autorización administrativa previa para el parque eólico "Gargalois", de 55 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Illano, Boal, Villayón y Allende (Principado de Asturias).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Lunes 22 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 44887

En fecha 31 de marzo de 2022, el promotor registra su solicitud de determinación de
afección ambiental para proyectos de energías renovables según el Real Decretoley 6/2022, de 29 de marzo. Dicha solicitud es remitida por esta Dirección General al
órgano ambiental para su tramitación, desistiendo el promotor de la misma con fecha 29
de abril de 2022. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite
resolución de terminación del procedimiento de determinación de afección ambiental del
proyecto con fecha 12 de mayo de 2022.
Cuarto.

Evaluación de impacto ambiental practicada.

Con fecha 26 de mayo de 2022 se remite a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 19 de
marzo de 2024, resolución por la que formula Declaración de Impacto Ambiental
desfavorable para el proyecto parque eólico «Gargalois», y su infraestructura de
evacuación asociada, concluyendo que no puede descartarse que el proyecto produzca
un impacto negativo significativo sobre el medio (en adelante, declaración de impacto
ambiental desfavorable). La citada resolución se encuentra disponible en el siguiente
enlace:
https://www.boe.es/boe/dias/2024/03/29/pdfs/BOE-A-2024-6361.pdf.
Quinto. Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permiso de acceso a la red de transporte mediante la emisión de
Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de Cumplimiento de
Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación de las
Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación El Palo 400 kV, propiedad
de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha 19 de enero de 2024 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio,
escrito de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se declara la caducidad de los
permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real
Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Sexto. Trámite de audiencia.

II. Fundamentos Jurídicos
Primero. Normativa aplicable.
Tomando en consideración lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico, en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

cve: BOE-A-2024-8055
Verificable en https://www.boe.es

Con fecha 2 de abril de 2024 se notifica el trámite de audiencia sobre la propuesta de
resolución por la que se desestima la solicitud de autorización administrativa previa del
proyecto.
El promotor, con fecha 5 de abril de 2024, responde al trámite de audiencia
solicitando la resolución del expediente PEol-467 en los términos que correspondan y la
cancelación de la garantía depositada para el proyecto del parque eólico «Gargalois».
Analizada la documentación recibida, esta Dirección General de Política Energética y
Minas dicta la presente resolución.