III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-8041)
Resolución 420/38112/2024, de 12 de abril, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con la Universidad de Alcalá, para la utilización con fines docentes y de investigación del Hospital Central de la Defensa "Gómez Ulla, Centro Sanitario de Vida y Esperanza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98
Lunes 22 de abril de 2024
Sec. III. Pág. 44783
EXPONEN
Primero.
Que el Ministerio de Defensa y la Universidad de Alcalá suscribieron con fecha 21 de
marzo de 2023, un convenio para la utilización con fines docentes y de investigación del
Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla, Centro Sanitario de Vida y Esperanza».
Segundo.
Que en relación con la cláusula séptima relativa a la Comisión Mixta de Seguimiento,
la Universidad de Alcalá considera necesario modificar el nombramiento de uno de sus
representantes, de manera que pueda nombrarse a un profesor de los cuerpos docentes
de la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud.
Tercero.
Que de acuerdo con lo establecido en la citada cláusula séptima, las modificaciones
acordadas requerirán la formalización mediante adenda conforme a los requisitos
legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir esta adenda que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Modificación del convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de
Alcalá para la utilización con fines docentes y de investigación del Hospital Central de
la Defensa «Gómez Ulla, Centro Sanitario de Vida y Esperanza».
El punto 2 de la cláusula séptima del convenio entre el Ministerio de Defensa y la
Universidad de Alcalá para la utilización con fines docentes y de investigación del
Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla, Centro Sanitario de Vida y Esperanza»,
queda modificado como sigue:
«2. La Comisión Mixta tendrá carácter paritario y estará constituida de la
siguiente forma:
Representantes del MINISDEF:
Representantes de la UAH:
– El Rector o persona en quien delegue.
– El Vicerrector con competencias en profesorado.
– El Decano de la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud.
– El Delegado de la Universidad para el CUD y asuntos del MINISDEF.
– Un Profesor de los cuerpos docentes nombrado por el Rector.
– Un profesor de los cuerpos docentes de la Facultad de Medicina y Ciencias
de la Salud que ocupe plaza vinculada en el HCDGU-CSVE o esté adscrito al
cve: BOE-A-2024-8041
Verificable en https://www.boe.es
– La persona titular de la Subsecretaría de Defensa, o persona en quien
delegue.
– El Inspector General de Sanidad.
– El Subdirector General de Enseñanza Militar.
– El Director del HCDGU-CSVE.
– El Jefe de Docencia e Investigación del HCDGU-CSVE.
– El Jefe de Enfermería del HCDGU-CSVE.
Núm. 98
Lunes 22 de abril de 2024
Sec. III. Pág. 44783
EXPONEN
Primero.
Que el Ministerio de Defensa y la Universidad de Alcalá suscribieron con fecha 21 de
marzo de 2023, un convenio para la utilización con fines docentes y de investigación del
Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla, Centro Sanitario de Vida y Esperanza».
Segundo.
Que en relación con la cláusula séptima relativa a la Comisión Mixta de Seguimiento,
la Universidad de Alcalá considera necesario modificar el nombramiento de uno de sus
representantes, de manera que pueda nombrarse a un profesor de los cuerpos docentes
de la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud.
Tercero.
Que de acuerdo con lo establecido en la citada cláusula séptima, las modificaciones
acordadas requerirán la formalización mediante adenda conforme a los requisitos
legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir esta adenda que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Modificación del convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de
Alcalá para la utilización con fines docentes y de investigación del Hospital Central de
la Defensa «Gómez Ulla, Centro Sanitario de Vida y Esperanza».
El punto 2 de la cláusula séptima del convenio entre el Ministerio de Defensa y la
Universidad de Alcalá para la utilización con fines docentes y de investigación del
Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla, Centro Sanitario de Vida y Esperanza»,
queda modificado como sigue:
«2. La Comisión Mixta tendrá carácter paritario y estará constituida de la
siguiente forma:
Representantes del MINISDEF:
Representantes de la UAH:
– El Rector o persona en quien delegue.
– El Vicerrector con competencias en profesorado.
– El Decano de la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud.
– El Delegado de la Universidad para el CUD y asuntos del MINISDEF.
– Un Profesor de los cuerpos docentes nombrado por el Rector.
– Un profesor de los cuerpos docentes de la Facultad de Medicina y Ciencias
de la Salud que ocupe plaza vinculada en el HCDGU-CSVE o esté adscrito al
cve: BOE-A-2024-8041
Verificable en https://www.boe.es
– La persona titular de la Subsecretaría de Defensa, o persona en quien
delegue.
– El Inspector General de Sanidad.
– El Subdirector General de Enseñanza Militar.
– El Director del HCDGU-CSVE.
– El Jefe de Docencia e Investigación del HCDGU-CSVE.
– El Jefe de Enfermería del HCDGU-CSVE.