V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD DE MADRID. (BOE-B-2024-14689)
Resolución de 22 de marzo de 2024 de la Dirección General de Suelo por la que se convoca a los interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación de los bienes afectados por el procedimiento de expropiación forzosa destinada a la realización de las obras del "Proyecto ejecutivo de modernización de la infraestructura de riego de la zona regable de La Poveda (t.m. Fuentidueña de Tajo)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Lunes 22 de abril de 2024

Sec. V-B. Pág. 21642

derechos afectados que se somete a información pública, a tenor de lo establecido
en el artículo 6 a) de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas, se realiza a los solos efectos de posibles intereses que
terceras personas puedan alegar sobre dichos bienes, sin perjuicio de que
simultáneamente se tramite el procedimiento establecido para obtener la
disponibilidad de dichos terrenos con las Administraciones correspondientes, en
virtud del principio de cooperación que rige en sus relaciones, según dispone el
artículo 141 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
La presente Resolución y su publicación se realiza, además, a los efectos
previstos en el artículo 41.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el
artículo 32.Quinta del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.
Tercero.- Los interesados, una vez publicada la relación y notificados
individualmente, y hasta el momento del levantamiento del acta previa, podrán
presentar alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se
hayan padecido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación, que
deberán dirigir a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, Dirección
General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, conforme al artículo 14 de la
citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, para la realización de cualquier trámite del
procedimiento expropiatorio,
1.- Las personas físicas interesadas podrán elegir, en todo momento, si se van
a comunicar con la Administración expropiante o con la entidad beneficiaria a
través de medios electrónicos o no; salvo que actúen en ejercicio de una actividad
profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, en cuyo caso es
obligatorio su uso.

Cuarto.- Nombrar como Representantes de la Administración en el mismo
procedimiento a Dña. Paloma de Miguel Badal, Dña. Eva Guerrero Castells y Dña.
Sara Margüenda Vallecillo, del Área de Desarrollo Rural de la Dirección General de
Agricultura, Ganadería y Alimentación perteneciente a la Consejería de Medio
Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid.
ANEXO ÚNICO
TÉRMINO MUNICIPAL DE FUENTIDUEÑA DE TAJO
EXPDTE

POL

PAR

TITULAR

EXP
(m2)

SER
(m2)

OT
(m2)

NATURALEZA

FECHA

HORA

1

11

76

FRAGUA LAZARO ANDRES

8

450

795

Labor Regadío

20/05/2024

9:30

2

11

77

FRAGUA LAZARO ANDRES

0

118

250

Labor Regadío

20/05/2024

9:30

cve: BOE-B-2024-14689
Verificable en https://www.boe.es

2.- En todo caso, están obligados a relacionarse a través de medios
electrónicos, las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica, así
como sus representantes, debidamente acreditados. El formulario genérico podrá
descargarse y tramitarse electrónicamente en el enlace correspondiente del Portal
institucional de la Comunidad de Madrid, https://gestionesytramites.madrid.org. En
el caso de personas físicas que no hayan optado por el uso de los medios
electrónicos, una vez impreso y completado el formulario, se remitirá a la oficina de
Registro de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, calle Alcalá,
16, 28014 Madrid, preferentemente, desde cualquiera de las oficinas de asistencia
en materia de registro de la Comunidad de Madrid, de otras administraciones, de
representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero,
así como desde las oficinas de correos, previo pago de la tarifa correspondiente en
este último caso.