II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpo de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles. (BOE-A-2024-7976)
Resolución de 12 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se convoca concurso ordinario n.º 318, para la provisión de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Lunes 22 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 44635

Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Bases
Primera.

Plazas.

Se ofrecen en este concurso todas aquellas vacantes radicadas en el territorio
español al día precedente a la fecha de la presente resolución, con excepción de las
ubicadas en la Comunidad Autónoma de Cataluña, según se relacionan en el anexo I de
la misma.
Segunda.

Modelo de solicitud y medio de presentación.

1. Las solicitudes se presentarán en todo caso por medios electrónicos en la forma
prevista en la Instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 25
de octubre de 2016.
2. Las solicitudes que se presenten en la sede electrónica del Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes se ajustarán a los campos previstos en
el formulario específico que a este efecto se habilitará en dicha sede y que serán los
siguientes:





Nombre del Registrador o Registradora.
Nombre del Registro titular al que sirve.
Fecha de posesión del Registro.
Número de escalafón.

3. Las solicitudes, en caso de presentarse a través de representante o en la sede
electrónica del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria de la Generalitat de
Cataluña, se ajustarán al modelo publicado como anexo II y II-1 de ambas resoluciones,
que estarán accesibles en las direcciones:
https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/empleo-publico/concursos-traslados
--> Cuerpo de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles
https://justicia.gencat.cat/ca/serveis/notaries_i_registres/registradors/concurs_registres/
4. La solicitud para tomar parte en esta convocatoria será única para cada
participante, aunque se soliciten vacantes radicadas en el territorio de la Comunidad
Autónoma de Cataluña y que, por tanto, figuren en la convocatoria de la Dirección
General de Derecho, Entidades Jurídicas y Mediación del Departamento de Justicia,
Derechos y Memoria de la Generalitat de Cataluña. En la solicitud se indicará el orden de
preferencia si se solicitara más de un Registro.
Plazos de presentación de solicitudes.

Las solicitudes deben presentarse en el plazo de quince días naturales a contar
desde el día siguiente al de la publicación de las resoluciones de convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña», o a
partir del día siguiente a la publicación en el último diario oficial, en el caso de que la
publicación de las convocatorias no se haga simultáneamente en el «Boletín Oficial del
Estado» y en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña», de acuerdo con el régimen
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. A este efecto, conforme al artículo 31.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, el cómputo del plazo se regirá por la fecha y hora oficial
de las respectivas sedes electrónicas.

cve: BOE-A-2024-7976
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.