III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-8052)
Resolución de 11 de abril de 2024, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, E.P.E., M.P., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Administración, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Lunes 22 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
8052

Resolución de 11 de abril de 2024, del Instituto para la Diversificación y
Ahorro de la Energía, E.P.E., M.P., por la que se publica el Acuerdo del
Consejo de Administración, sobre delegación de competencias.

A los efectos de dar publicidad al Acuerdo de 21 de marzo de 2024 del Consejo de
Administración de la E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M.P.
(IDAE), por el que se delegan determinadas competencias y funciones en materia de
contratación a favor de la persona titular de la Dirección General, y de conformidad con
lo previsto en el artículo 7.7 del Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de
la Energía (IDAE) aprobado por Real Decreto 18/2014, de 17 de enero, se ordena la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo cuyo texto se inserta a
continuación.
Madrid, 11 de abril de 2024.–La Secretaria de Estado de Energía y Presidenta del
Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, Sara Aagesen Muñoz.
ACUERDO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE E.P.E. INSTITUTO PARA LA
DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA (IDAE) M.P., POR EL QUE SE
DELEGAN DETERMINADAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES EN MATERIA DE
CONTRATACIÓN A FAVOR DE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN
GENERAL
Dada la continua actividad contractual realizada por este Instituto con arreglo a las
previsiones de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, para
dar cumplimiento a sus fines institucionales, y en consideración a la necesaria agilidad
en la tramitación de los contratos que se vienen licitando, máxime en estos momentos,
habida cuenta del marco temporal de desarrollo y de la envergadura de los retos que
supone la ejecución de los proyectos encomendados a la entidad, se estima conveniente
que este Consejo de Administración, en tanto órgano de contratación, delegue
determinadas competencias y funciones en materia de contratación a favor de la persona
titular de la Dirección General de la entidad.
Por ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 61.2 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, en el artículo 7.1 k) del Estatuto de IDAE, aprobado por Real
Decreto 18/2014, de 17 de enero, así como lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
Este Consejo de Administración, acuerda:

Delegar en la persona titular de la Dirección General las competencias y funciones para
la realización de todas las actuaciones necesarias para la celebración de contratos cuyo
presupuesto base de licitación sea de una cuantía superior a 120.202 euros (IVA incluido) y
hasta una cuantía o importe máximo de 600.000 euros (IVA incluido) así como cuantas se
deriven de la ejecución de los mismos en los términos que se hayan previsto en los pliegos
y en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP).
Se delega asimismo en el titular de la Dirección General del IDAE el ejercicio de las
competencias y facultades que corresponden al Consejo de Administración en materia
de contratación para la tramitación de los contratos incluidos en el ámbito de la

cve: BOE-A-2024-8052
Verificable en https://www.boe.es

Primero.