V. Anuncios. - A. Contratación del Sector Público. MINISTERIO DE CULTURA. (BOE-B-2024-14648)
Anuncio de licitación de: Dirección del Museo Nacional del Prado. Objeto: Obras de reformas y mejora de accesibilidad de aseos pasamanos, barandillas y barras delimitadoras del edificio Villanueva del Museo Nacional del Prado. Expediente: 24AA0038.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 22 de abril de 2024

Sec. V-A. Pág. 21580

11.3.3) C6-2-Pavimentos, solados y alicatados.(superior a 150.000 euros e
inferior o igual a 360.000 euros).
11.3.4) C9-2-Carpintería metálica.(superior a 150.000 euros e inferior o igual
a 360.000 euros).
11.4) Situación económica y financiera: Cifra anual de negocio (los empresarios
no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados
signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo podrán
acreditar su solvencia económica y financiera mediante: La presentación de
una declaración del empresario indicando el volumen anual de negocios en el
ámbito de la ejecución de obras similares a las de este contrato referido al
mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas
de constitución o inicio de actividades de aquél, debiendo ser el volumen de
negocios mínimo en dicho período igual о superior al valor estimado del
contrato (712.731,91 €)).
11.5) Situación técnica y profesional:
11.5.1) Trabajos realizados (los empresarios no españoles de Estados
miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre
el Espacio Económico Europeo podrán acreditar su solvencia técnica o
profesional mediante: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los
cinco últimos años, de objeto similar al del presente contrato, avalada por
certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las
fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron
satisfactoriamente y se llevaron a buen término. A estos efectos, las obras
ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras
tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el
propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente
el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del
Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una
sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha
condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la
obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la
participación de aquel en el capital social de esta. Los certificados serán
expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea
una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto
privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este
certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los
documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de
la prestación. Como mínimo el importe ejecutado en uno de los años de la
relación anterior deberá ser igual о superior al 70% del valor estimado del
contrato (498.912,34 €)).
11.5.2) Técnicos o unidades técnicas (cuando el contratista sea una
empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga
unaantigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará
mediante declaración indicando elpersonal técnico u organismos técnicos,
estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la
ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos
correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes
del órgano de contratación (arquitecto técnico o ingeniero de edificación
con experiencia en ejecución de obras en las que se haya intervenido en
edificios con grado de protección como Bien de Interés Cultural)).
12. Tipo de procedimiento: Abierto.

cve: BOE-B-2024-14648
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Núm. 98