I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-7905)
Resolución de 15 de abril de 2024, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97
Sábado 20 de abril de 2024
Sec. I. Pág. 44349
INTERNACIONAL DURANTE EL PERÍODO DE AGRESIÓN ARMADA DE LA
FEDERACIÓN RUSA CONTRA UCRANIA Y LA INTRODUCCIÓN DE LA LEY MARCIAL
EN EL TERRITORIO DE UCRANIA, HASTA LA TERMINACIÓN TOTAL DE LA
VIOLACIÓN DE LA SOBERANÍA, LA INTEGRIDAD TERRITORIAL Y LA
INVIOLABILIDAD DE LAS FRONTERAS DE UCRANIA.
07-12-2023 EFECTOS.
DECLARACIÓN:
«La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa saluda
atentamente a su Secretaria General y, como complemento a la Nota verbal enviada por
Ucrania en abril de 2022, tiene el honor de transmitirle la siguiente información.
En referencia a la notificación de Ucrania n.º 31011/32-119-26603, de 18 de abril
de 2022, en relación con la invasión total de Ucrania por la Federación de Rusia,
aclaramos también que los tratados internacionales que en ella se mencionan se aplican
plenamente en el territorio de Ucrania, a excepción de aquellos territorios en los que se
desarrollan (o se han desarrollado) las hostilidades o que están ocupados
temporalmente por la Federación de Rusia, en los que, debido a la agresión armada de
la Federación de Rusia contra Ucrania, así como a la declaración de la ley marcial en el
territorio de Ucrania, resulta imposible para la Parte ucraniana garantizar plenamente el
cumplimiento de las obligaciones que le imponen los tratados pertinentes mientras no
cese el ataque a la soberanía, la integridad territorial y la inviolabilidad de sus fronteras.
En el siguiente enlace se proporciona una lista actualizada periódicamente de los
territorios en los que se desarrollan (o se han desarrollado) las hostilidades o que están
temporalmente ocupados por la Federación de Rusia:
https://zakon.rada.gov.ua/laws/show/z1668-22#Text.»
– NITI 19801025200.
CONVENIO SOBRE LOS ASPECTOS
INTERNACIONAL DE MENORES.
CIVILES
DE
LA
SUSTRACCIÓN
La Haya, 25 de octubre de 1980. BOE: 24-08-1987, n.º 202; 30-06-1989.
PAÍSES BAJOS.
27-11-2023 EXTENSIÓN TERRITORIAL A CURAZAO.
01-02-2024 EFECTOS.
27-11-2023 RESERVA.
«El Reino de los Países Bajos, en nombre de Curazao, no estará obligado a asumir
ningún gasto de los mencionados en el párrafo segundo del artículo 26 del Convenio
sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya
el 25 de octubre de 1980, que se deriven de la participación de un abogado o asesores
jurídicos o del proceso judicial, excepto en la medida que dichos gastos puedan quedar
cubiertos por un sistema de asistencia judicial y asesoramiento jurídico.»
«Autoridad central para Curazao: Consejo de Tutela (Voogdijraad).»
UCRANIA.
01-12-2023 COMUNICACIÓN.
«[El mencionado tratado se] aplica plenamente en el territorio de Ucrania, a
excepción de aquellos territorios en los que se desarrollan (o se han desarrollado) las
hostilidades o que están ocupados temporalmente por la Federación de Rusia, en los
cve: BOE-A-2024-7905
Verificable en https://www.boe.es
27-11-2023 AUTORIDAD.
Núm. 97
Sábado 20 de abril de 2024
Sec. I. Pág. 44349
INTERNACIONAL DURANTE EL PERÍODO DE AGRESIÓN ARMADA DE LA
FEDERACIÓN RUSA CONTRA UCRANIA Y LA INTRODUCCIÓN DE LA LEY MARCIAL
EN EL TERRITORIO DE UCRANIA, HASTA LA TERMINACIÓN TOTAL DE LA
VIOLACIÓN DE LA SOBERANÍA, LA INTEGRIDAD TERRITORIAL Y LA
INVIOLABILIDAD DE LAS FRONTERAS DE UCRANIA.
07-12-2023 EFECTOS.
DECLARACIÓN:
«La Representación Permanente de Ucrania ante el Consejo de Europa saluda
atentamente a su Secretaria General y, como complemento a la Nota verbal enviada por
Ucrania en abril de 2022, tiene el honor de transmitirle la siguiente información.
En referencia a la notificación de Ucrania n.º 31011/32-119-26603, de 18 de abril
de 2022, en relación con la invasión total de Ucrania por la Federación de Rusia,
aclaramos también que los tratados internacionales que en ella se mencionan se aplican
plenamente en el territorio de Ucrania, a excepción de aquellos territorios en los que se
desarrollan (o se han desarrollado) las hostilidades o que están ocupados
temporalmente por la Federación de Rusia, en los que, debido a la agresión armada de
la Federación de Rusia contra Ucrania, así como a la declaración de la ley marcial en el
territorio de Ucrania, resulta imposible para la Parte ucraniana garantizar plenamente el
cumplimiento de las obligaciones que le imponen los tratados pertinentes mientras no
cese el ataque a la soberanía, la integridad territorial y la inviolabilidad de sus fronteras.
En el siguiente enlace se proporciona una lista actualizada periódicamente de los
territorios en los que se desarrollan (o se han desarrollado) las hostilidades o que están
temporalmente ocupados por la Federación de Rusia:
https://zakon.rada.gov.ua/laws/show/z1668-22#Text.»
– NITI 19801025200.
CONVENIO SOBRE LOS ASPECTOS
INTERNACIONAL DE MENORES.
CIVILES
DE
LA
SUSTRACCIÓN
La Haya, 25 de octubre de 1980. BOE: 24-08-1987, n.º 202; 30-06-1989.
PAÍSES BAJOS.
27-11-2023 EXTENSIÓN TERRITORIAL A CURAZAO.
01-02-2024 EFECTOS.
27-11-2023 RESERVA.
«El Reino de los Países Bajos, en nombre de Curazao, no estará obligado a asumir
ningún gasto de los mencionados en el párrafo segundo del artículo 26 del Convenio
sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya
el 25 de octubre de 1980, que se deriven de la participación de un abogado o asesores
jurídicos o del proceso judicial, excepto en la medida que dichos gastos puedan quedar
cubiertos por un sistema de asistencia judicial y asesoramiento jurídico.»
«Autoridad central para Curazao: Consejo de Tutela (Voogdijraad).»
UCRANIA.
01-12-2023 COMUNICACIÓN.
«[El mencionado tratado se] aplica plenamente en el territorio de Ucrania, a
excepción de aquellos territorios en los que se desarrollan (o se han desarrollado) las
hostilidades o que están ocupados temporalmente por la Federación de Rusia, en los
cve: BOE-A-2024-7905
Verificable en https://www.boe.es
27-11-2023 AUTORIDAD.