III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-7950)
Resolución de 12 de abril de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre el Centro de Atención a Personas con Discapacidad Física de Guadalajara y el Instituto de Enseñanza Secundaria José Luis Sampedro de Guadalajara, para el desarrollo del módulo profesional de formación y de prácticas formativas en centros de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Sábado 20 de abril de 2024

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el desarrollo del módulo profesional de formación y de prácticas formativas en centros de
trabajo, que queda redactada de la siguiente forma:
«Séptima. Seguridad Social de las personas que desarrollan programas de
formación y prácticas no laborales y académicas.
El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social de los alumnos que están
cursando las prácticas académicas formativas corresponderá al centro educativo IES
José Luis Sampedro, de conformidad con lo previsto en el apartado 4.b) de la nueva
disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de
la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de
octubre, introducida a través del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas
urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas de un nuevo marco de
sostenibilidad del sistema público de pensiones.»
Tercera. Eficacia de la adenda.
La presente adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, siempre que se produzca antes de la extinción
del convenio. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado» y facultativamente en el boletín oficial de
la comunidad autónoma.
Cuarta. Subsistencia del resto del convenio.
Se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones
del convenio en lo no estipulado por esta adenda.

cve: BOE-A-2024-7950
Verificable en https://www.boe.es

En prueba de conformidad, las partes implicadas firman la presente adenda de
modificación, en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de
formalización del presente documento la fecha del último firmante (9 de abril de 2024).–Por
el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), la Directora General, María Teresa
Sancho Castiello.–Por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La
Mancha, P. D. la Directora del IES José Luis Sampedro (Resolución de 2 de septiembre
de 2022), María Isabel Saborit Avilés.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X