III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-7944)
Resolución de 11 de abril de 2024, de la Dirección General de Organización e Inspección, por la que se publica la cuarta Adenda del Convenio con los organismos autónomos Centro de Estudios de Experimentación de Obras Públicas y Centro Nacional de Información Geográfica, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, para la cofinanciación de los gastos a cargo de la administración del Centro de Educación Infantil del Departamento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Sábado 20 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 44553

Acuerdan suscribir la cuarta adenda al convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda.
El objeto de la presente adenda es cumplir con lo estipulado en la cláusula
duodécima del convenio. Conforme a ella, se incorporan los siguientes datos
actualizados.
I. Número de alumnos o plazas ocupadas por hijos de empleados públicos, de cada
una de las partes firmantes del convenio en el curso escolar 2023-2024 y peso
porcentual correspondiente a cada firmante. Conforme la cláusula cuarta del convenio, el
porcentaje de las plazas asignadas a cada una de las partes será actualizado en el mes
de julio de cada año, en base a los datos obtenidos tras la matriculación para el curso
escolar siguiente. Se han tenido en cuenta las renuncias producidas desde la finalización
de la matriculación y el mes de julio.
Ministerio/Organismo/Agencia

N.º matriculaciones inicio
curso 2023/2024

Porcentaje

MITMS.

48

68,57

CEDEX.

1

1,43

CNIG.

3

4,28

AESA.

15

21,43

AESF.

3

4,29

70

100,00

Total plazas.

Importe

Euros

MITMA

CEDEX

CNIG

AESA

AESF

LIMPIEZA.

77.323,95

53.021,03

1.105,73

3.309,47

16.570,52

3.317,20

SEGURIDAD.

37.356,05

25.615,05

534,19

1.598,84

8.005,40

1.602,57

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

Conceptos

CONTROL DE. CALIDAD CAFETERÍAS Y RESTAURANTES.

0

SUMINISTRO MATERIALES.

1.638,09

1.123,25

23,42

70,11

351,04

70,27

VESTUARIO.

7.047,04

4.832,16

100,77

301,61

1.510,18

302,32

OBRAS DE REFORMA Y REPARACIÓN.

4.396,54

3.014,71

62,87

188,17

942,18

188,61

MANTENIMIENTO.

44.794,53

30.715,60

640,56

1.917,21

9.599,47

1.921,69

PEQUEÑAS REPARACIONES.

10.903,02

7.476,20

155,91

466,65

2.336,52

467,74

183.459,22

125.798,00

2.623,45

7.852,06

39.315,31

7.870,40

TOTALES.

Segunda. Plazo de las partes para realizar la transferencia de crédito y consecuencias
de no realizarla.
Cada parte llevará a cabo las actuaciones que procedan para realizar la transferencia
de crédito al servicio 01 de la sección 17 y al/los concepto/s presupuestario/s que

cve: BOE-A-2024-7944
Verificable en https://www.boe.es

II. Distribución de los gastos del CEI soportados por el MITMS y su reparto
proporcional al número de plazas utilizadas por cada organismo o agencia firmante del
convenio.