III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Servidumbres aeronáuticas. (BOE-A-2024-7945)
Real Decreto 359/2024, de 2 de abril, por el que se aprueban las servidumbres aeronáuticas acústicas, el mapa de ruido y el plan de acción del aeropuerto de A Coruña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Sábado 20 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 44562

ANEXO II
Plan de acción
Resumen ejecutivo
El presente documento tiene por objeto establecer el plan de acción correspondiente a
la delimitación de servidumbre acústica del aeropuerto de A Coruña. La normativa vigente
requiere para el establecimiento de las servidumbres acústicas de los aeropuertos, la
adopción de un plan de acción que recoja las medidas encaminadas a compatibilizar el
funcionamiento y el desarrollo de la infraestructura con las actividades consolidadas en la
zona de servidumbre. Este requisito está recogido tanto en la Ley 37/2003, de 17 de
noviembre, del Ruido, y el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, que la desarrolla en
lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, como en el
artículo 4 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, de Navegación Aérea, en la redacción dada
por la Ley 5/2010, de 17 de marzo, que la modifica.
El plan de acción recoge tanto las medidas a aplicar para prevenir y reducir el ruido
como un programa de control y vigilancia que permita evaluar de forma continuada la
evolución del ruido en el entorno del aeropuerto.
Las medidas del plan de acción se encuadran en el marco del «enfoque equilibrado»
adoptado por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) en la resolución de la
Asamblea A33-7 de octubre de 2001 y ratificado mediante la resolución A36-2 de
septiembre de 2007. El enfoque equilibrado proporciona a los Estados contratantes de la
OACI un enfoque internacionalmente convenido para afrontar el problema del ruido en los
aeropuertos. Comprende cuatro elementos principales: reducción del ruido en la fuente,
planificación gestión de la utilización de los terrenos, procedimientos operacionales de
atenuación del ruido y restricciones a las operaciones de las aeronaves. Esta línea de
trabajo se complementa con la adopción de otras medidas igualmente importantes como
son la evaluación continuada del impacto producido mediante sistemas de control y
vigilancia, la información a las autoridades locales, grupos de interés y público en general
de los aspectos ambientales, la colaboración con los diferentes agentes del sector que
permita detectar oportunidades de mejora y la ejecución de un plan de aislamiento
acústico como medida correctora que garantice el cumplimiento de los objetivos de calidad
acústica en el interior de los edificios.
El aeropuerto de A Coruña viene desarrollando desde hace varios años una política
de gestión del ruido ambiental, por lo que muchas de las medidas anteriormente
expuestas tienen un notable grado de implantación y madurez. En la tabla siguiente se
recoge una síntesis de las medidas contenidas en el presente plan de acción.
Síntesis medidas plan de acción. Delimitación de servidumbre acústica.
Aeropuerto de A Coruña
Medida

Valoración medida

Efecto

Plazo de implantación

1. Reducción de ruido en la fuente
Altamente beneficioso.

Impacto global.

En ejecución. Mantenimiento
medida.

2. Procedimientos operacionales
2.1 Diseño y optimización de trayectorias.
2.2

Procedimientos operacionales
abatimiento de ruido en aterrizaje.

Impacto local muy
beneficioso.

Disminución de la afección
fundamentalmente en despegues.

En ejecución. Mantenimiento
medida.

Impacto local
beneficioso.

Disminución del ruido en aterrizajes.

En ejecución. Mantenimiento
medida.

cve: BOE-A-2024-7945
Verificable en https://www.boe.es

Promover en los foros internacionales la
adopción de requisitos cada vez más
1.1
exigentes para la certificación acústica
de las aeronaves.