II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Personal directivo. (BOE-A-2024-7827)
Resolución de 9 de abril de 2024, del Instituto Cervantes, por la que se convocan plazas de Director/a de centro en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Viernes 19 de abril de 2024
b)

Sec. II.B. Pág. 44043

Méritos:

Se considerarán los siguientes méritos:
– Experiencia acreditada en puestos directivos relacionados con la enseñanza de
idiomas o la gestión cultural.
– Experiencia acreditada en dirección y gestión de equipos.
– Experiencia en relaciones internacionales.
– Conocimientos del idioma inglés para los puestos de Manila, Nueva Delhi y Tel
Aviv (se considerará como mérito a partir del nivel B2).
– Conocimientos del idioma alemán para los puestos de Múnich y Viena (se
considerará como mérito a partir del nivel B1).
– Conocimientos de otros idiomas (se considerará como mérito a partir del nivel B1).
Se tendrá, también, en consideración la disponibilidad para viajar y la capacidad de
liderazgo y de trabajo en equipo del aspirante, así como la adecuación del perfil del
candidato al puesto.
Los méritos serán valorados por la Comisión de Selección indicada en el punto
séptimo.
A la vista de los méritos acreditados, la Comisión podrá citar, si lo considera, a una
entrevista personal a aquellos candidatos que preseleccione para comprobar su
idoneidad para el puesto y para tener un mejor conocimiento de sus méritos y su
capacidad, sin que dicha entrevista pueda tener un peso determinante en la motivación
de la selección del candidato.
La Secretaria General, en atención al mérito, la capacidad y la idoneidad de cada
solicitante, someterá al Consejo de Administración una propuesta motivada de
designación.
Las plazas convocadas podrán quedar vacantes y ser ofertadas posteriormente en
una nueva convocatoria.
Séptimo. Comisión de Selección.

a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o tener cuestión litigiosa con
algún candidato.
b) Tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad
dentro del segundo, con cualquiera de los candidatos.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con algún candidato.
d) Haber realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.
e) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable con cualquiera de
los candidatos.

cve: BOE-A-2024-7827
Verificable en https://www.boe.es

La Comisión de Selección estará formada por el Director de Gabinete de la
Secretaría General, el Director del Gabinete de Dirección y Comunicación Institucional y
la Secretaria General.
Los miembros de la Comisión de Selección deberán pertenecer a un Grupo
Profesional igual o superior al del puesto convocado.
La Comisión de Selección podrá nombrar asesor o asesores en caso de estimarlo
necesario por el carácter específico del puesto.
Se publicará un breve currículum profesional de las personas que formen parte de la
Comisión en la sede electrónica del Instituto Cervantes.
La composición de la Comisión de Selección deberá respetar el principio de
presencia equilibrada de mujeres y hombres.
La Comisión de Selección hará público un cronograma orientativo con las fechas de
realización del proceso selectivo.
Los miembros de la Comisión de Selección deberán abstenerse de intervenir en los
siguientes supuestos: