III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Servicios portuarios. (BOE-A-2024-7881)
Resolución de 4 de marzo de 2024, de la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de amarre y desamarre en el puerto de San Cibrao.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Viernes 19 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 44211

dispuesto en los artículos 13 al 18 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en los
artículos 15 al 22 del Reglamento UE 2016/679. En caso de que estos derechos no se
vean atendidos debidamente, se podrá presentar reclamación ante la autoridad de
protección de datos competente.
En __________, a ___ de ____________ de 20___
Firmado:
ANEXO VI
Declaración de honorabilidad
D/D.ª ___________, mayor de edad, con domicilio en la calle ___________ número
___________, población ___________, código postal ________, con DNI/NIE
____________,
del
cual
adjunto
fotocopia,
en
representación
de
___________________________, con número de registro ______________, domicilio
social en _______________ y NIF-IVA ______________, mediante este escrito:
(1) Declara que el solicitante se encuentra o no en una de las situaciones
siguientes:
SÍ NO

(a) está incurso en un procedimiento concursal, de liquidación o insolvencia, sus activos
están siendo administrados por un administrador concursal o por un tribunal, ha llegado a
un acuerdo con sus acreedores, ha suspendido sus actividades empresariales o se
☐ ☐
encuentra en cualquier otra situación similar resultante de un procedimiento de la misma
naturaleza vigente en las legislaciones y normativas del Estado español o del país en el
que está establecido;
(b) se ha establecido mediante sentencia firme o una decisión administrativa firme que el
solicitante está en situación de incumplimiento de sus obligaciones relativas al pago de
impuestos o cotizaciones a la seguridad social, de acuerdo con las disposiciones legales
del Estado español o del país en el que está establecido;

☐ ☐

(c) se ha establecido mediante una sentencia firme o una decisión administrativa
definitiva que el solicitante o sus gestores son culpables de una falta profesional grave
por violación de disposiciones legales o reglamentarias o de las normas deontológicas de
la profesión a la que pertenecen, o por haber incurrido en cualquier conducta punible que
pueda influir en su credibilidad profesional, cuando dicha conducta denote un propósito
doloso o negligencia grave, incluida, en particular, cualquiera de las conductas
siguientes:

(ii) celebración de un acuerdo con otros operadores con el fin de falsear la competencia;

☐ ☐

(iii) violación de los derechos de propiedad intelectual;

☐ ☐

(iv) intento de influir en el proceso de toma de decisiones de la Autoridad Portuaria
durante el procedimiento de otorgamiento;

☐ ☐

(v) intento de obtener información confidencial que pueda conferirle ventajas indebidas
en el procedimiento de otorgamiento;

☐ ☐

(d) una resolución judicial firme ha dictaminado que el solicitante o sus gestores son
culpables de uno de los siguientes delitos conforme a la legislación europea, del Estado
español o del país en el que está establecido:
(i) fraude;

☐ ☐

cve: BOE-A-2024-7881
Verificable en https://www.boe.es

(i) tergiversación de forma fraudulenta o negligente de la información exigida para
verificar la inexistencia de motivos de denegación de la licencia o para el cumplimiento de ☐ ☐
los requisitos de acceso o para la prestación del servicio;