II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado. (BOE-A-2024-7828)
Resolución de 15 de abril de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Viernes 19 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 44060

El tiempo de exposición deberá distribuirse por el aspirante de forma homogénea
entre los cuatro temas.
Con carácter previo a la exposición y después de la extracción de los temas, se
concederá un tiempo máximo de quince minutos para que el aspirante elabore, en
presencia del tribunal, un guion que podrá utilizar en el desarrollo de su exposición,
consultando para ello exclusivamente el programa de la oposición.
Una vez desarrollado el primer tema o transcurridos diez minutos de la exposición, el
tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación
notoriamente insuficiente.
5. Quinto ejercicio. El quinto ejercicio consistirá en la exposición oral, en sesión
pública y durante un tiempo máximo de cuarenta y cinco minutos, de tres temas
extraídos al azar del programa que se detalla en el anexo II.4 de esta resolución
«Derecho Financiero y Tributario Español» y conforme a la siguiente distribución:
a) Un tema del programa incluido en el anexo II.4.1 «Parte General y
Procedimientos Tributarios».
b) Un tema del programa incluido en el anexo II.4.2 «Parte Especial (I)».
c) Un tema del programa incluido en el anexo II.4.3 «Parte Especial (II)».
El tiempo de exposición deberá distribuirse por el aspirante de forma homogénea
entre los tres temas.
Con carácter previo a la exposición y después de la extracción de los temas, se
concederá un tiempo máximo de diez minutos para que el aspirante elabore, en
presencia del tribunal, un guion que podrá utilizar en el desarrollo de su exposición,
consultando para ello exclusivamente el programa de la oposición.
Una vez desarrollado el primer tema o transcurridos diez minutos de la exposición, el
tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación
notoriamente insuficiente.
A.2
1.

Calificación de los ejercicios.
Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:

1.3.1 La primera parte del tercer ejercicio se calificará de 0 a 25 puntos, siendo
necesario para superarla obtener una puntuación mínima de 12,5 puntos.
1.3.2 La segunda parte del tercer ejercicio se calificará de «apto» o «no apto»,
independientemente de la modalidad a la que se acojan las personas aspirantes. Será
necesario obtener la calificación de «apto» para superarla.
En la modalidad presencial, la calificación de «apto» no se otorgará si no se alcanza,
al menos, el cincuenta por ciento de la valoración total del ejercicio.
En la modalidad de acreditación de conocimientos mediante titulación, la calificación
será «apto» para los aspirantes que presenten alguno de los títulos que se recogen en el
anexo V que corresponda con un nivel B2 o superior, conforme al Marco Común Europeo
de Referencia para las lenguas (MCER), en los términos especificados en el
punto A.1.3.2 de este anexo. Los niveles inferiores a B2 no se considerarán válidos para
la superación del ejercicio.
1.3.3 Para superar el tercer ejercicio será necesario obtener en cada una de sus
partes la calificación mínima establecida en los apartados anteriores. La calificación del
tercer ejercicio vendrá determinada por la puntuación de la primera parte del ejercicio.

cve: BOE-A-2024-7828
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1.1 Primer ejercicio: se calificará como «apto» o «no apto», siendo necesario para
superarlo obtener la calificación de «apto».
1.2 Segundo ejercicio: se calificará como «apto» o «no apto», siendo necesario
para superarlo obtener la calificación de «apto».
1.3 Tercer ejercicio: