I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. (BOE-A-2024-7804)
Orden HAC/348/2024, de 17 de abril, por la que se modifican para el período impositivo 2023 los índices de rendimiento neto y la reducción general aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.
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Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Comunidad
Autónoma

Viernes 19 de abril de 2024

Provincia

Jaén.

Málaga.

Sec. I. Pág. 43864

Ámbito territorial

Todos los términos municipales.

Actividad

Índice
rendto.
neto

Algodón.

0,07

Cereales: Avena.

0,09

Cereales: Cebada.

0,05

Cereales: Trigo.

0,09

Cereales:Triticale.

0,09

Forrajes: Maíz.

0,13

Forrajes: Veza.

0,26

Frutos no cítricos: Ciruela.

0,26

Frutos no cítricos: Níspero.

0,26

Oleaginosas: Girasol.

0,16

Productos hortícolas: Espárrago.

0,13

Uva para vino sin D.O.

0,09

Términos municipales de: Andújar.

Apicultura.

0,05

Todos los términos municipales.

Cereales: Cebada.

0,09

Cereales: Sorgo.

0,05

Cereales: Trigo.

0,05

Cereales:Triticale.

0,05

Frutos no cítricos: Melocotón.

0,26

Frutos no cítricos: Aguacate.

0,19

Frutos secos: Almendra.

0,18

Productos hortícolas: Col-repollo.

0,18

Productos hortícolas: Guisante
verde.

0,18

Productos hortícolas: Haba verde.

0,18

Uva de pasificación.

0,06

Todos los términos municipales (excepto los que se detallen con un
índice inferior).

Frutos no cítricos: Aguacate.

0,19

Frutos secos: Almendra.

0,18

Términos municipales de: Alameda, Almargen, Antequera, Archidona,
Ardales, Campillos, Cañete la Real, Cuevas Bajas, Cuevas de San
Marcos, Fuente de Piedra, Humilladero, Mollina, Sierra de Yeguas,
Teba, Valle de Abdalajís, Villanueva de Algaidas, Villanueva de Tapia,
Villanueva de la Concepción, Villanueva del Rosario y Villanueva del
Trabuco.

Apicultura.

0,09

Cereales.

0,05

Forrajes: Alfalfa.

0,07

Forrajes: Veza.

0,07

Frutos secos: Almendra.

0,09

Leguminosas.

0,05

Oleaginosas.

0,06

cve: BOE-A-2024-7804
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Núm. 96