V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. (BOE-B-2024-14197)
Extracto de la Resolución de 12 de abril de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2024-2025
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Viernes 19 de abril de 2024

Sec. V-B. Pág. 21014

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES

14197

Extracto de la Resolución de 12 de abril de 2024, de la Secretaría de
Estado de Educación, por la que se convocan ayudas para alumnos
con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico
2024-2025

BDNS(Identif.):754862
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
754862)
Primero. Convocatoria
Se convocan para el curso 2024-2025 las siguientes ayudas individualizadas:
a) Ayudas directas para los alumnos, incluyendo al alumnado con TDAH
(Trastorno por déficit de atención por hiperactividad), que requieran por un periodo
de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones
educativas específicas derivadas de discapacidad, de trastornos graves de
conducta o de trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a
necesidades educativas especiales.
También podrá ser beneficiario de ayudas directas el alumnado con Trastorno
del espectro autista (TEA) no incluido en el párrafo anterior y que requiera estos
apoyos y atenciones educativas específicas.
b) Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad
o trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del
lenguaje asociado a necesidades educativas especiales para familias numerosas.
También podrán ser beneficiarios de estos subsidios los alumnos con TEA,
pertenecientes a familias numerosas, no incluidos en el párrafo anterior.
c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada
para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas
capacidades intelectuales.

También podrá ser beneficiario de este subsidio el alumnado con TEA no
incluido en el párrafo anterior y que requiera estos apoyos y atenciones educativas
específicas y el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado
a altas capacidades intelectuales.
Segundo. Beneficiarios
Podrán solicitar las ayudas los alumnos que no superen una determinada renta

cve: BOE-B-2024-14197
Verificable en https://www.boe.es

d) Subsidio de cuantía fija para gastos adicionales de carácter general
derivados de la escolarización de los alumnos con necesidad específica de apoyo
educativo asociada a discapacidad, trastornos graves de conducta o trastornos
graves de la comunicación y del lenguaje.