V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2024-14148)
Resolución de la Dirección General de Energía por la que se concede la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica de alta tensión denominada "Ampliación de la subestación Arucas a 66 kV y un compensador síncrono", expediente AT 23/008.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de abril de 2024

Sec. V-B. Pág. 20921

el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Arucas en forma de edicto y en la sede
electrónica de la Consejería de Transición Ecológica y Energía del Gobierno de
Canarias, se sometió a información pública, durante el plazo de 30 días contados a
partir del siguiente al de su publicación, el expediente relativo a la autorización
administrativa con el fin de que cualquier persona física o jurídica pudiera
consultarlo en la sede electrónica de la Consejería y en las dependencias de la
Consejería de Transición Ecológica y Energía del Gobierno de Canaria en Las
Palmas de Gran Canaria, recibiéndose las siguientes alegaciones durante el
periodo:
1) Keith Delgado Appleby.: mediante escrito presentado el 24 de noviembre de
2023, presentan alegaciones en relación a los siguientes aspectos:
- Que la parcela 134, del Polígono 15 y con referencia catastral
35006A015001340000JK, que figura en el Anuncio a nombre de Herederos de don
Pedro Gil Montesdeoca, es en realidad propiedad, en pleno dominio y carácter
privativo, a partes iguales de doña Ethel Ann Apolleby, don Keith Delgado Appleby
y doña Belinda Delgado Appleby.
- Que entienden que antes de elaborar el proyecto y de realizar la concreta e
individualizada de bienes o derechos de necesaria expropiación, se ha procedido a
determinar si existen o no otros terreros específicamente calificados para este fin,
como suele ser habitual en las normas de planeamiento de los Ayuntamientos, que
destinan de manera específica espacios para este tipo de instalaciones, ya que
como establece la Ley de Expropiación el es expropiar solo lo estrictamente
necesario para llevar a cabo el proyecto en cuestión. Y que el PGO de Arucas fue
anulado, por lo que son de aplicación las Normas Subsidiarias del Planeamiento
Municipal de Arucas, estableciéndose suelo destinado a tal fin, y consultándose el
mismo se puede observar que existen espacios apropiados para llevar a cabo el
proyecto, cuestión que debe ser consultada con el Ayuntamiento de Arucas.
- Que parte de su terreno está calificado como de protección especial, por lo
que consideramos que este hecho debe ser tenido en cuenta a la hora de
continuar con el procedimiento de expropiación.
- Que existen viviendas muy cerca de la subestación por lo que se va a causar
perjuicios y molestias a los vecinos.
Con fecha 4 de diciembre de 2023, el promotor presenta respuesta a las
alegaciones, informando de las obligaciones del transportista según el artículo 36
de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, así como que la instalación se encuentra
recogida en la Planificación Energética 2021-2026 y que son infraestructuras que
requieren informe previo del Ministerio.
Además, para poder informar con más detalles de las afectaciones sobre sus
parcelas y tratar de llegar a un mutuo acuerdo, se le facilita contacto.
Dicha respuesta fue remitida a la alegante con fecha 5 de diciembre de 2023,
constando acuse de recibo de fecha 11 de diciembre de 2023.
Cuarto.- Informes solicitados y respuestas recibidas.
Durante la tramitación del expediente, se ha solicitado la emisión de informe a
las siguientes Administraciones, Organismos y empresas:

cve: BOE-B-2024-14148
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 95