III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-7790)
Resolución de 7 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Albornez Solar, SLU, autorización administrativa previa para la modificación del proyecto de la línea aérea de 132 kV L/Doña María-Promotores Guadame, y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Albornez Solar, de 85 MW de potencia instalada, la subestación Doña María 132/30 kV y la línea aérea de 132 kV L/Doña María-Promotores Guadame, en los términos municipales de Montoro, Villa del Río y Bujalance (Córdoba), y Lopera y Marmolejo (Jaén), y se declara, en concreto, la utilidad pública para la línea aérea de 132 kV L/Doña María-Promotores Guadame.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de abril de 2024

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Dichas modificaciones, según el promotor, no son objeto por sí mismas de una
evaluación de impacto ambiental ordinaria ni simplificada, de acuerdo con lo establecido
en los apartados primero y segundo del artículo 7 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
de evaluación ambiental, por lo que la tramitación de la presente solicitud no requiere
una nueva evaluación ambiental.
Así mismo, el promotor manifiesta que:
– Dado que, para la realización de la modificación del trazado de la línea entre los
apoyos 61 y 68 se requerirá en el futuro declaración, en concreto, de utilidad pública
según lo previsto en el apartado segundo del artículo 115 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, se requiere de autorización administrativa previa para la modificación
del Proyecto respecto de la emitida con fecha 21 de abril de 2023, conforme al proyecto
de ejecución de la línea aérea de 132 kV L/Doña María-Promotores Guadame.
– Las modificaciones incluidas en el resto de las instalaciones del Proyecto (PFV
Albornez Solar y ST Doña María 132/30 kV), resultantes de implementar los
condicionantes impuestos por la DIA o de posibilitar la evacuación de la PFV Alcudia
Solar, cumplen todas las condiciones establecidas en el artículo 115.2 del citado Real
Decreto 1955/2000 con respecto al proyecto que ha obtenido la AAP.
El expediente ha sido incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de
la Subdelegación del Gobierno en Córdoba y se ha tramitado de conformidad con lo
previsto en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones,
organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte
que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de Red Eléctrica de España, SAU; del Área de
Infraestructuras Municipales de la Diputación Provincial de Jaén; del Administrador de
Infraestructuras Ferroviarias (ADIF); de la Dirección General de Infraestructuras Viarias,
Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía;
de la Unidad de Carreteras del Estado en Jaén, Demarcación de Carreteras del Estado
en Andalucía Oriental y de la Secretaria General de Infraestructuras del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en las que se establecen condicionados
técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por
la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus
competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación del Servicio de Planificación de Obras y Servicios
Municipales de la Diputación Provincial de Córdoba, que informa de las afecciones del
proyecto sobre las vías provinciales de su competencia, indicando asimismo que el
promotor deberá solicitar autorización con anterioridad a la ejecución de las obras. Se ha
dado traslado al promotor de dicha contestación, quien muestra su conformidad e indica
que las autorizaciones para la ejecución de los accesos a la instalación fotovoltaica
Albornez Solar han sido resueltas favorablemente y que el resto de las afecciones se
encuentran pendientes de solicitar.
Se ha recibido contestación de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir,
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en la que se establecen
prescripciones a las obras así como la necesidad de solicitar autorización previa a dicho
organismo y la aportación de determinada información por parte del promotor, incluyendo
un estudio de inundabilidad. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación,
quien muestra su conformidad e indica que las autorizaciones han sido resueltas
favorablemente, quedando pendiente la autorización para la ejecución de cruzamientos
con cauces públicos y ocupación de la zona de policía por la línea de alta tensión 132 kV
Doña María-Promotores Guadame para el tramo incluido en la provincia de Jaén.
Se ha recibido contestación de la Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería
de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, indicando que, dado que se están
cumpliendo todos los trámites oportunos para que se conceda la autorización

cve: BOE-A-2024-7790
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Núm. 95