V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA. (BOE-B-2024-14145)
Extracto de la Resolución de 12 de abril de 2024, por la que se convocan ayudas a la digitalización y preservación del Patrimonio Bibliográfico y su difusión mediante repositorios
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95
Jueves 18 de abril de 2024
Sec. V-B. Pág. 20911
Cuarto. Importe.
El importe máximo imputable a las subvenciones será de 555.000 €. Las
ayudas concedidas se sufragarán con cargo a los créditos de las aplicaciones
24.03.332B.454.02 (CCAA y universidades públicas 355.000 €), 24.03.332B.463
(Entidades locales 100.000 €) y 24.03.332B.480 (Entidades privadas sin fines de
lucro y reales academias 100.000 €) del presupuesto de gastos del Ministerio de
Cultura para el año 2024.
Cada entidad solicitante solo podrá presentar una solicitud y la cuantía de la
ayuda solicitada deberá ser inferior a 60.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial
del Estado».
Madrid, 12 de abril de 2024.- El Secretario de Estado de Cultura P.D.
(Apartado Vigésimo 1.d de la Orden CLT/12/2024, de 12 de enero), la Directora
General del Libro y Fomento de la Lectura, Mª José Gálvez Salvador.
cve: BOE-B-2024-14145
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240017149-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 95
Jueves 18 de abril de 2024
Sec. V-B. Pág. 20911
Cuarto. Importe.
El importe máximo imputable a las subvenciones será de 555.000 €. Las
ayudas concedidas se sufragarán con cargo a los créditos de las aplicaciones
24.03.332B.454.02 (CCAA y universidades públicas 355.000 €), 24.03.332B.463
(Entidades locales 100.000 €) y 24.03.332B.480 (Entidades privadas sin fines de
lucro y reales academias 100.000 €) del presupuesto de gastos del Ministerio de
Cultura para el año 2024.
Cada entidad solicitante solo podrá presentar una solicitud y la cuantía de la
ayuda solicitada deberá ser inferior a 60.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial
del Estado».
Madrid, 12 de abril de 2024.- El Secretario de Estado de Cultura P.D.
(Apartado Vigésimo 1.d de la Orden CLT/12/2024, de 12 de enero), la Directora
General del Libro y Fomento de la Lectura, Mª José Gálvez Salvador.
cve: BOE-B-2024-14145
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240017149-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X