V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA. (BOE-B-2024-14014)
Extracto de la Resolución de la Dirección General del Instituto de la Juventud, por la que se convocan las Ayudas Injuve para la Creación Joven, año 2024-2025
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Miércoles 17 de abril de 2024

Sec. V-B. Pág. 20689

Orden DSA/158/2022, de 2 de marzo («BOE» de 7 de marzo), por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de las Ayudas Injuve para la
Creación Joven.
Cuarto. Importe:
El crédito presupuestario total para estas subvenciones será de 230.000€.
La cuantía individualizada de las ayudas será de 3.000€ para los proyectos de
investigación, 5.000€ para los proyectos de producción de obra y de movilidad de
obra o creadoras/es, de 7.000€ para los proyectos de comisariado de la Sala
Amadís y de 10.000€ para los proyectos de emprendimiento para la creación
emergente y, con independencia del coste total estimado del proyecto a
desarrollar.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este
extracto en el BOE.
Sexto. Otros datos:
Las subvenciones se concederán en régimen de pagos anticipados. La
solicitud deberá ajustarse al modelo de instancia y acompañada de la siguiente
documentación técnica:
a) Dossier de proyecto.
b) Cartas de aceptación o invitación.
c) Dossier de trabajos realizados.
Madrid, 11 de abril de 2024.- La Directora General del Instituto de la Juventud.
Margarita Guerrero Calderón.

cve: BOE-B-2024-14014
Verificable en https://www.boe.es

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X