III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-7544)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio segundo entre la Secretaría General de Administración Digital y el Instituto de Turismo de España, O.A., para la asignación de equipos portátiles y/o separables dentro de la iniciativa «Puesto de Trabajo Inteligente», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Martes 16 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 42642

compartida, mediante coordinación o prestación directa, en un marco de
corresponsabilidad, de los servicios comunes, declarados o no como compartidos, de
sistemas de información y comunicación para la Administración General del Estado y sus
organismos públicos, en los términos que se establezcan por resolución del titular de la
SGAD y la de impulsar la consolidación de servicios, infraestructuras de las Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones (en adelante, TIC), equipamientos y redes
informáticas comunes de la Administración y sus organismos públicos. Asimismo,
corresponde a la SGAD la provisión de servicios en materias TIC a aquellos órganos con
los que se acuerde.
Cuarto.
Que, de acuerdo con el Real Decreto 425/2013, de 14 de junio, el Instituto de
Turismo de España (Turespaña), O.A., tiene una naturaleza jurídica que le permite
gestionar sus propios recursos. Por tanto, el Instituto de Turismo de España (Turespaña),
O.A., está habilitado para la gestión de los medios materiales asignados.
Quinto.
Que el Instituto de Turismo de España (Turespaña), O.A., considera de gran utilidad
disponer de los equipos portátiles y/o separables enmarcados en la iniciativa de Puesto
de Trabajo Inteligente del Plan de Digitalización de las Administraciones
Públicas 2021-2025 para dotar a los empleados públicos de soluciones colaborativas y
de movilidad en los puestos de trabajo, que les permitan tanto su uso presencial en las
instalaciones del organismo o entidad como, en su caso, fuera de las mismas.
Sexto.
Que es posible la aplicación del Fondo de Recuperación Next Generation EU a la
adquisición de los equipos portátiles y/o separables, siendo el presente convenio el
instrumento destinado a hacer efectiva la medida «Puesto de Trabajo Inteligente»,
incluida en el C11.I1, mediante la asignación al Instituto de Turismo de España
(Turespaña), O.A., de dichos equipos, así como la cesión de su derecho de uso.
Séptimo.
Que es de interés general para las partes firmantes dar respuesta al objetivo común
de incrementar la eficacia y la eficiencia de las Administraciones, facilitar la aplicación de
economías de escala y contribuir a la racionalización y simplificación de la actuación
administrativa.
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS

Constituye el objeto de este convenio:
1.º Llevar a cabo la asignación por la SGAD al Instituto de Turismo de España
(Turespaña), O.A., de 100 equipos portátiles y/o separables, adquiridos por aquella con
cargo al Fondo de Recuperación Next Generation EU, así como la cesión de su derecho
de uso. Dicha asignación se realiza con la siguiente distribución:
a) Equipos Portátiles ultraligeros: 100, cuyos números de serie e inventario se
adjuntan en el anexo I.

cve: BOE-A-2024-7544
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto.