III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-7540)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y el Instituto de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Martes 16 de abril de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
7540

Resolución de 9 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica
el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y el
Instituto de España.

La Abogada General del Estado y el Secretario General del Instituto de España han
suscrito un convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo
la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 9 de abril de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y el Instituto de España
15 de febrero de 2024.
REUNIDOS
De una parte, doña Consuelo Castro Rey, en su condición de Abogada General del
Estado, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 19/2023, de 17 de enero (BOE
núm. 15, de 18 de enero de 2023), quien actúa en virtud de la delegación conferida a su
favor por el Ministro de Justicia en el artículo 7.d) de la Orden JUS/987/2020, de 20 de
octubre, sobre delegación de competencias.
De otra parte, don Andrés Ollero Tassara, actuando en nombre y representación del
Instituto de España, con domicilio social en calle San Bernardo, 49, 28015 Madrid
y NIF Q2868011D, en su condición de Secretario General del Instituto de España, cargo
para el que fue nombrado por la Junta Rectora del Instituto de España en su reunión
extraordinaria de fecha 30 de noviembre de 2021, de acuerdo con lo dispuesto en el
Real Decreto 1160/2010, de 17 de septiembre, por el que se regula el Instituto
de España, y en su Reglamento Interno, aprobado por la Junta Rectora del Instituto de
España en su reunión ordinaria del día 25 de mayo de 2021.

Primero.
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.

cve: BOE-A-2024-7540
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