III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-7566)
Resolución de 9 de abril de 2024, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, para la organización de la exposición "Picasso 1906" enmarcada en la "Celebración Picasso 1973-2023".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 16 de abril de 2024

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firmantes del convenio acuerdan la modificación de la cláusula tercera «Compromisos de
AC/E» en su apartado tercero (3.3) del convenio, referido a la cofinanciación de la
exposición, importes y forma de pago, quedando su redacción como sigue:
«3.3 Cofinanciación de la exposición. En virtud del programa
"Conmemoración del 50 aniversario de la muerte de Pablo Picasso", AC/E, como
entidad responsable de su gestión económica, con el fin de coadyuvar a la
financiación de la exposición objeto de colaboración, abonará al MNCARS
el 42,4431147 % del gasto total ejecutado, IVA incluido, en las partidas susceptibles
de imputación que se relacionan a continuación, hasta el máximo del 42,4431147 %
del presupuesto presentado, equivalente a 641.919,39 euros, IVA incluido:
1. Proyecto e investigación (comisariado/honorarios; gastos comisariado/
dirección; coordinación; documentación; viajes, per diem y estancias relacionadas
con la elaboración del proyecto).
2. Producción (preparación y restauración obras; tasas préstamo; seguros;
transporte; diseño museografía; producción de elementos; montaje-desmontaje y
gráfica; traducción simultánea en el caso de actividades).
3. Publicación (honorarios; traducción/edición; derechos; diseño y
maquetación; impresión).
Dicho importe máximo de 641.919,39 euros IVA incluido, será abonado por
AC/E de la siguiente manera:
1. Un primer pago directo por parte de AC/E a una de las entidades
prestadoras en concepto de honorarios de préstamo de obras por valor
de 10.880,55 euros, IVA incluido.
2. Un segundo pago de un máximo del 50 % de 641.919,39 euros, IVA
incluido (42,4431147 % del presupuesto tomado como base de cálculo), tras la
firma del presente convenio, previa presentación de la correspondiente factura que
deberá acompañarse de:
Primera memoria económica: de entre los gastos anteriores, deberá presentar
la justificación documental, hasta el máximo previsto, del gasto previamente
comprometido por la entidad organizadora.
La justificación documental del gasto comprometido por la entidad
organizadora incluirá una certificación de los gastos comprometidos sobre los que
se presenta la factura, que deberá estar firmada por el representante de la entidad
organizadora con facultad para ello, y copia de los documentos que acrediten el
compromiso adquirido por la entidad organizadora (contratos, aceptación de
presupuestos, etc.).
3. Un tercer pago del importe correspondiente a la diferencia entre los
importes abonados en el primer y segundo pagos, y el 42,4431147 % del total
ejecutado en las partidas mencionadas con el máximo total acordado
de 641.919,39 euros, IVA incluido, tras la clausura de la actividad objeto de
colaboración y tras la presentación por la entidad organizadora de la
correspondiente factura, que deberá acompañarse de:
Segunda memoria económica que incluya la siguiente documentación:
a) Certificación con la relación del total de los gastos ejecutados por la
entidad organizadora –contratados a terceros– en las partidas mencionadas
imputables al proyecto.
Esta certificación de gastos deberá estar firmada por el representante de la
entidad organizadora con facultad para ello, siguiendo el modelo facilitado por
AC/E a tal fin.

cve: BOE-A-2024-7566
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Núm. 93