III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-7577)
Resolución de 9 de abril de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedades Raras y sus Familias de Burgos y la Universidad de Castilla-La Mancha, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Martes 16 de abril de 2024

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académica y de investigación a los órganos estatutarios establecidos en la Resolución
de 23 de diciembre de 2020 (DOCM de 5 de enero de 2021).
Ambas partes intervienen en nombre y representación de sus respectivos cargos y
en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, se reconocen
mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante la
presente adenda de modificación y prórroga y al efecto
EXPONEN
Primero.
Que el Imserso y la Universidad de Castilla-La Mancha, firmaron con fecha 18 de
febrero de 2021, el Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso)
a través del Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedades
Raras y sus Familias de Burgos y la Universidad de Castilla-La Mancha, para la
realización de prácticas académicas externas.
Este convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 16 de marzo
de 2021.
En el mismo, se establecen las condiciones para la realización de las prácticas de
formación en el Centro de Referencia Estatal para Personas con Enfermedades Raras y
sus Familias de Burgos (CREER de Burgos) del Imserso, de los alumnos de la
Universidad de Castilla-La Mancha.
Segundo.
Que la cláusula cuarta del citado convenio entre el Imserso y la Universidad de
Salamanca trata de la Seguridad Social de las personas que desarrollan programas de
formación y prácticas no laborales y académicas.
Que el Real Decreto-ley 2/2023 de 16 de marzo, de medidas urgentes para la
ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el
establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones,
introduce en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, una disposición adicional
quincuagésima segunda, sobre la inclusión en el sistema de Seguridad Social de los
alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
programas de formación. En particular, el apartado 4.b) de la citada disposición adicional
señala: «En el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las
obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución o entidad en la
que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en
su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones
corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa».
Tercero.

En consecuencia, con el fin de dar continuidad a la prestación objeto de dicho
convenio, las partes firmantes de esta adenda acuerdan modificar y prorrogar el
convenio de conformidad con las siguientes

cve: BOE-A-2024-7577
Verificable en https://www.boe.es

En el convenio las partes contemplaron, en su cláusula duodécima, la posibilidad de
prorrogar su duración por un período de hasta cuatro años adicionales.
Que es voluntad de las partes proceder a la prórroga del convenio por cuatro años.