II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-7537)
Resolución de 8 de abril de 2024, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Técnicos Superiores de Educación Física.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Martes 16 de abril de 2024

Sec. II.B. Pág. 42568

3.º Mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición.
4.º De persistir el empate, el Tribunal adoptará las medidas oportunas que podrán
consistir en la realización de un ejercicio práctico.
10.

Periodo de prácticas

10.1 El Tribunal elevará al Sr. Rector Magnífico de la Universidad la propuesta de
nombramiento como personal funcionarios en prácticas.
El nombramiento como personal funcionario en prácticas será efectuado mediante
resolución del Rector, que se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón», con
especificación del puesto y localidad adjudicada.
10.2 La elección del puesto de trabajo por las personas aspirantes deberá
realizarse por orden de puntuación obtenida en el proceso selectivo, según la petición de
destino, a la vista de los puestos de trabajo ofertados.
10.3 El período de prácticas consistirá, al menos, en el desempeño durante tres
meses de los puestos de trabajo que se les ofrezcan y según las preferencias
manifestadas, por riguroso orden de puntuación final.
10.4 Finalizadas las prácticas se emitirá un informe de «apto» o «no apto», siendo
necesaria la obtención de «apto» para superarlas.
11.

Presentación de documentos

11.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la
publicación de la propuesta de nombramiento prevista en la base 10.1, las personas
aspirantes que hayan superado el proceso selectivo deberán presentar a través de las
formas recogidas en el artículo 16.4 (apartados b, c, d y e) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones los siguientes
documentos:
– Documento de identidad.
Si ostenta nacionalidad española, copia electrónica o fotocopia del documento
nacional de identidad, y original para su cotejo.
Las personas nacionales de otros estados de la Unión Europea, o las personas
incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores y trabajadoras, copia electrónica o fotocopia compulsada del pasaporte o
de documento válido acreditativo de su nacionalidad.
Los familiares de los anteriores, referidos en el artículo 57.2 del EBEP, además,
copia electrónica o fotocopia compulsada del documento acreditativo del vínculo de
parentesco y declaración jurada del ciudadano/a del país europeo al que afecta dicho
vínculo haciendo constar que dicho vínculo subsiste y no existe separación legal o, en su
caso, que la persona aspirante viva a sus expensas o esté a su cargo.

Original y fotocopia para su cotejo o copia electrónica o fotocopia compulsada del
título exigido en la base 2.c), o en su defecto, certificación académica que acredite haber
realizado todos los estudios equivalentes para su obtención, así como abonado los
derechos para la expedición del título correspondiente.
La titulación en el caso de haber sido obtenida en el extranjero y de la credencial que
acredite su homologación.
– Declaración jurada o promesa.
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado o separada mediante
expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado o

cve: BOE-A-2024-7537
Verificable en https://www.boe.es

– Titulación.