III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Premios. (BOE-A-2024-7546)
Orden PJC/336/2024, de 14 de abril, por la que se modifica la Orden SSI/889/2017, de 15 de septiembre, por la que se crean los Premios "Plan Nacional de Resistencia a los Antibióticos" y se establecen las bases reguladoras para la concesión de los mismos.
<< 2 << Página 2
Página 3 Pág. 3
-
3 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Martes 16 de abril de 2024

Sec. III. Pág. 42659

d) Tres representantes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación,
que serán designados por la persona titular de la Dirección General de Sanidad de
la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal.
e) Dos expertos de la Agencia Española de Medicamentos y Productos
Sanitarios pertenecientes al Grupo Coordinador Técnico del Plan Nacional de
Resistencia a los Antibióticos, designados por la persona titular de la Dirección de
la Agencia.
f) Tres representantes de la Dirección General del Agua del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que serán designados por la persona
titular de esa Dirección General.
El Presidente de la Comisión de Valoración será la persona titular de la
Jefatura de Unidad de Apoyo a Dirección y el Secretario de la Comisión la persona
titular de la Jefatura del Departamento de Medicamentos Veterinarios.
2. Los miembros de la Comisión de Valoración no podrán aspirar a ninguno
de los premios.
3. El funcionamiento de la Comisión de Valoración se ajustará al régimen de
los órganos colegiados regulado en la sección 3.ª, capítulo II, título preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
4. Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Valoración emitirá un
informe-propuesta relativo a las mismas, en el que se concretará el resultado de la
evaluación efectuada, debiendo expresarse el solicitante para quien se propone la
concesión de cada uno de los premios. Este informe-propuesta de concesión será
remitido al órgano instructor, que será competente para formular la oportuna
propuesta de resolución motivada, elevándola a la persona titular de la Dirección
de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios como órgano
competente para su adjudicación.
5. Si a juicio de la Comisión de Valoración ninguna candidatura reuniera los
méritos suficientes, el premio será declarado desierto.»
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-7546
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 14 de abril de 2024.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes, Félix Bolaños García.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X