V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. (BOE-B-2024-13863)
Anuncio del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, por el que se somete, nuevamente, a información pública la declaración, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones contempladas en los proyectos de línea aérea de transporte de energía eléctrica de doble circuito a 400 kV Carmona-Villanueva del Rey, la nueva subestación Villanueva del Rey 400kV (Écija) y la ampliación de la subestación de Carmona 400kV, todos ellos en la provincia de Sevilla. Expediente: 171/2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 16 de abril de 2024

Sec. V-B. Pág. 20394

La Declaración de Utilidad Pública, se tramitará conforme a los artículos 144 y
146 del RD 1955/2000, y en virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/
2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, llevará implícita en todo caso, la
necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados
e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de
diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa y supondrá el derecho a que le sea
otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad
pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación
eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del
Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales
de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de
servidumbre pública.
Paralelamente a la información pública en marcha, el Área de Industria y
Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla también llevó a cabo la
consulta a las distintas Administraciones, organismos o, en su caso, empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que el expediente
pudiera afectar, a bienes, competencias y derechos a su cargo, también de
acuerdo con la legislación aplicable.
A este respecto, se informa que, tanto el proyecto de ejecución, como los
planos que lo acompañaban, y que fueron sometidos al procedimiento de
consultas a organismos, incluían y son congruentes con la relación de bienes y
derechos afectados correcta. Por tanto, se proseguirá con el procedimiento ya
iniciado al objeto de obtener las resoluciones de declaración de impacto ambiental,
autorización administrativa previa, y autorización administrativa de construcción de
la línea aérea de transporte de energía eléctrica, de doble circuito a 400 kV
Carmona-Villanueva del Rey, así como del resto de autorizaciones solicitadas para
la subestación de Villanueva del Rey 400kV y ampliación de la subestación
Carmona 400kV, mientras el expediente se somete a una nueva declaración de
utilidad pública.
Al tratarse esta instalación de la Red de Transporte de energía eléctrica, la
presente solicitud se tramitará expresamente con los requerimos de informes o
condicionados a las Administraciones con competencia urbanística y de
ordenación del territorio, todo ello a los efectos de lo establecido en las
disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23
de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas (Boletín Oficial
del Estado de 24 de mayo de 2003).
Corresponde a la Dirección General de Política Energética y Minas del
Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico emitir la resolución
relativa a la declaración, en concreto, de utilidad pública de las citadas
instalaciones, y a la Dependencia del Área de Industria y Energía de la
subdelegación del Gobierno en Sevilla, la tramitación del expediente
administrativo.
Lo que se hace público para conocimiento general, y especialmente de los
propietarios y demás titulares afectados por las actuaciones proyectadas, así como
los que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los
bienes afectados, pudieran haber sido omitidos, para que, en el plazo de treinta
días hábiles, desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, soliciten la
correspondiente subsanación.
Según el artículo 83.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento

cve: BOE-B-2024-13863
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Núm. 93