III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-7460)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., relativo a la contratación precomercial de servicios de I+D, en el ámbito de la vigilancia de fronteras, control de tráficos ilícitos e inmigración irregular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Lunes 15 de abril de 2024

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subacuático, salvamento, tráfico ilícito de mercancías y personas, narcotráfico,
terrorismo, etc.). La nueva tecnología permitirá, asimismo, dar una respuesta más rápida
y eficaz ante la llegada de embarcaciones con inmigrantes irregulares, consiguiendo de
esta forma disminuir el riesgo para sus vidas.
La satisfacción de estas necesidades se realizará mediante licitaciones de compra
pública precomercial.
4.

Aspectos específicos a considerar

A continuación, se identifican aquellos puntos que por su importancia deben ser
tenidos en cuenta por la industria como claves para el desarrollo innovador que ha de
llevarse a cabo. El grado de madurez tecnológica de las soluciones innovadoras deberá
encontrarse en un nivel de madurez de TRL 3-4 para ser llevado a un TRL entre 7 y 8.
Con el fin de no perjudicar significativamente al medio ambiente, «principio DNSH»,
tal como se indica en la cláusula tercera, apartado b.2) del presente convenio en las
actuaciones se garantizará que:
– Los equipos cumplan con los requisitos relacionados con el consumo energético y
con la eficiencia de materiales establecidos en la Directiva 2009/125/EC del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se instaura un marco para
el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos
relacionados con la energía, para servidores y almacenamiento de datos, u ordenadores
y servidores de ordenadores o pantallas electrónicas.
– Los equipos no contengan las sustancias restringidas enumeradas en el anexo II
de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011,
sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos
eléctricos y electrónicos, excepto cuando los valores de concentración en peso en
materiales homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo.
– En la instalación de las infraestructuras IT, se atienda a la versión más reciente del
Código de conducta europeo sobre eficiencia energética de centros de datos, o en el
documento CEN-CENELEC CLC TR50600-99-1 «Instalaciones e infraestructuras de
centros de datos-Parte 99-1: Prácticas recomendadas para la gestión energética».
– Al final de su vida útil, el equipo se someta a una preparación para operaciones de
reutilización, recuperación o reciclaje, o un tratamiento adecuado, incluida la eliminación
de todos los fluidos y un tratamiento selectivo de acuerdo con el anexo VII de la
Directiva 2012/19/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012,
sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
– Las instalaciones de infraestructuras IT no afecten negativamente a las buenas
condiciones y la resiliencia de los ecosistemas ni al estado de conservación de los
hábitats y las especies, en particular los espacios de interés de la Unión. Por ello cuando
sea preceptivo, se realizará la Evaluación de Impacto medioambiental, de acuerdo con lo
establecido en la Directiva 2011/92/EU.
Escenarios de validación

Las soluciones innovadoras serán validadas por agentes de la Guardia Civil en
cuanto a operativa, funcionalidades, usabilidad y capacidad de integración en sus
actividades, entre otros factores. Los escenarios operativos de validación serán los
siguientes:
– Vigilancia y control de actividades fraudulentas contra el patrimonio material:
expolio de patrimonio subacuático, pesca ilegal, narcotráfico, terrorismo, tráfico ilegal de
mercancías.
– Vigilancia y control del tráfico ilegal de personas.
– Inmigración irregular y salvamento marítimo.
– Montaje sistema de captación móvil en: helicóptero y/o embarcación.

cve: BOE-A-2024-7460
Verificable en https://www.boe.es

5.