III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-7473)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publica el Convenio con San Telmo Museoa, SA, y la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, para la organización de la exposición "Luis Martín-Santos. Tiempo de libertad".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Lunes 15 de abril de 2024

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Dicha Comisión estará compuesta por:
Por parte de la BNE:
– El Director Cultural, o persona que designe.
– La Jefa del Área de Exposiciones, o persona que designe.
Por STM:
– El Gerente, o persona que designe
– La Directora, o persona que designe
Por parte de AC/E:
– La Directora de Programación, o persona que designe.
– La Directora de Producción, o persona que designe.
Además de la función genérica de vigilancia y seguimiento de la ejecución del
presente convenio, la Comisión resolverá las dudas que pudieran surgir en la
interpretación y aplicación del mismo.
La Comisión de Seguimiento acordará los detalles relativos a la ejecución del
contenido del convenio, incluyendo sus anexos. Dicha concreción se efectuará por
acuerdo de la Comisión, que no podrá modificar el contenido esencial y mínimo del
convenio, sino precisar los detalles necesarios para llevarlo a puro y debido efecto.
La Comisión de Seguimiento se regirá en cuanto a su funcionamiento y régimen
jurídico, respecto a lo no establecido expresamente en la presente cláusula, por lo
dispuesto en la Sección tercera del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Undécima.

Transparencia.

El presente convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal de
Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9
de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Vigencia del convenio.

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio se perfecciona por la
prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrito, en el
plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la
disposición adicional séptima. Asimismo, serán publicados en el plazo de diez días
hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
El presente convenio tendrá una vigencia igual a la duración de la exposición más las
actuaciones necesarias posteriores a la exposición como, entre otras, su desmontaje en
San Sebastián, finalizando, en cualquier caso, el 31 de diciembre de 2025.
El período previsto para la exposición será acordado por la Comisión de
Seguimiento.
En cualquier momento antes de la finalización del plazo anterior, los firmantes del
convenio podrán acordar unánimemente su extinción o su prórroga por un periodo de
hasta cuatro años adicionales mediante adenda y previa sustanciación de los trámites
previstos normativamente de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 49.h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Dicha adenda de
prórroga surtirá efectos con su inscripción en REOICO antes de la fecha de extinción del
convenio. Asimismo, la adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-7473
Verificable en https://www.boe.es

Duodécima.