III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-7473)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publica el Convenio con San Telmo Museoa, SA, y la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, para la organización de la exposición "Luis Martín-Santos. Tiempo de libertad".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Lunes 15 de abril de 2024

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ANEXO III
Normas de préstamo de obras para exposiciones
Título de la exposición.
Institución peticionaria.
Nombre y dirección.
Persona Responsable.
Empresas de transporte y montaje.
Lugar y fechas de inauguración y
clausura.

El préstamo de obras para exposiciones es una forma de contribuir a la mayor
difusión de los fondos de esta Biblioteca Nacional de España. En atención al número de
solicitudes de préstamo para exposiciones recibidas y con objeto de armonizarlas con las
funciones encomendadas a la Biblioteca Nacional de España, se establecen las
siguientes normas de préstamo.
1. Petición de préstamo. La petición de obras de la BNE en préstamo se realizará
mediante carta dirigida a la Dirección de la Biblioteca Nacional de España que deberá
tener entrada con una antelación mínima de seis meses respecto de la fecha
inauguración de la exposición.
El préstamo de toda obra estará sujeto a consideraciones de tipo científico o técnico
y en todo caso supeditado al estado de conservación de la misma, que deberá ser
estimado por la Biblioteca Nacional de España.
2. Objeto y contenido. La solicitud de préstamo de obras debe acompañarse de un
informe en el que se detalle el objeto y contenido de la exposición, especificando, en
todo caso, los siguientes puntos:
1) Motivo de la muestra y oportunidad de inclusión de las obras solicitadas en la
misma, debiendo tenerse en cuenta que sólo se accederá al préstamo de obras cuando se
trate de piezas insustituibles y directamente relacionadas con el tema de la exposición.
Relación completa de las obras solicitadas, en la que deberá figurar:

No se autorizarán aquellas solicitudes en las que las obras no aparezcan plenamente
identificadas.
2) Fechas de celebración de la muestra. Cualquier cambio de fechas deberá ser
comunicado con la debida antelación a la Biblioteca Nacional de España quien deberá
autorizar expresamente los citados cambios.
La cesión de las obras estará condicionada a la aprobación previa por parte de la
Biblioteca Nacional de España del proyecto expositivo y de las vitrinas. La Biblioteca
Nacional de España podrá solicitar para determinadas obras, por su valor o por su
estado, condiciones especiales de conservación referentes a las características de la
vitrina (individual, climatizada, etc.).

cve: BOE-A-2024-7473
Verificable en https://www.boe.es

– Signatura topográfica.
– Autor.
– Título.
– Lugar, editorial o imprenta, año de edición o impresión y, en el caso de
manuscritos, lugar y fecha de producción.
– N.º de volumen y, en el caso de publicaciones periódicas, fecha concreta, año,
mes, día y/o número de la publicación.
– Medidas.
– Página por la que se desea exponer la obra.
– En el caso de dibujos, grabados y mapas se añadirá la técnica utilizada.